SAE y dimensión constitucional

SEÑOR DIRECTOR:
En la reciente entrevista de la ministra María Paz Arzola en La Tercera hay una afirmación que merece destacarse: la necesidad de “restablecer la confianza hacia el rol de los colegios”. Esta idea no solo responde a una opción de política pública, sino que encuentra fundamento constitucional.
La libertad de enseñanza no protege únicamente el derecho a abrir y mantener establecimientos educacionales. También ampara la existencia de idearios diversos —religiosos, deportivos, artísticos, entre otros— cuya preservación exige reconocer a los colegios un ámbito propio de decisión. Ello supone, al menos, la posibilidad de verificar que las familias que optan por un determinado proyecto educativo compartan un compromiso básico con él.
La uniformación de los criterios de admisión, especialmente mediante el azar, desconoce esta dimensión institucional de la libertad de enseñanza. Con ello se afectan tanto los colegios como el derecho preferente de los padres a escoger la educación de sus hijos. Fortalecer la autonomía de los establecimientos para resguardar su proyecto educativo no restringe esa libertad; por el contrario, es una condición para hacerla efectiva.
El debate sobre la reforma al SAE tendrá, sin duda, una dimensión ideológica. Mas conviene no perder de vista su dimensión constitucional.
Cristóbal Aguilera Medina
Profesor de Derecho Universidad Finis Terrae
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