Comisión de la Convención aprueba en general la creación de una Agencia Nacional del Agua

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Se votaron en general tres iniciativas sobre este tema en la Comisión de Sistema de Justicia, pero finalmente se aprobaron dos. Una de ellas impulsada por el Colectivo Socialista, y la otra por Movimientos Sociales Constituyentes. En tanto, se rechazó la de Chile Vamos.


Fueron tres las iniciativas que apuntaban a la creación de una Agencia Nacional de Aguas, las que se votaron en general este martes en la Comisión de Sistema de Justicia y Órganos Autónomos de la Convención Constitucional. Finalmente se aprobaron dos. Eso sí, ahora deberán ser votadas en particular.

La primera de ellas (557), impulsada por el Colectivo Socialista, establece la creación de la Autoridad Nacional del Agua, “un órgano autónomo del Estado con personalidad jurídica y patrimonio propio, y cuya principal tarea será asegurar el uso sostenible del agua y sus ecosistemas asociados y la seguridad hídrica, en beneficio de las actuales y futuras generaciones”.

Para ello, señala que “deberá velar por el cumplimiento de la política hídrica nacional que establezca la autoridad respectiva, como una política de adaptación al cambio climático; y como órgano rector único, coordinar el actuar de los demás organismos del Estado con competencias en materia hídrica. Deberá además, otorgar, revisar, modificar, caducar, revocando toda la concesión, permiso o título sobre las aguas; fiscalizar y perseguir las sanciones administrativas y penales que correspondan, sin perjuicio de la reparación del daño causado”.

Esta iniciativa también le adjudica al nuevo órgano la tarea de “elaborar un Sistema Nacional Unificado de Información Hídrica, de acceso público, mediante la recopilación y centralización de todos los datos que manejen otros organismos públicos y privados; sin perjuicio de medir y estudiar de manera independiente los recursos hídricos de todo el país”.

Agrega que “la Agencia Nacional del Agua tendrá una o un Director Nacional. Será nombrado a proposición de la o el Presidente de la República, por acuerdo del Congreso Nacional adoptado por la mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio, previo llamado a audiencias públicas, por un período de 5 años y no podrá ser designado por un nuevo período”.

La otra propuesta aprobada (954) fue impulsada por Movimientos Sociales Constituyentes (MSC). Lo cierto es que esta iniciativa es un Estatuto de Aguas, por lo que en esta ocasión solo se votó lo que concierne a este órgano autónomo, en el párrafo IV.

Allí se señala que este órgano está “encargado de la protección y restauración de todos los ecosistemas asociados al agua en Chile, conforme a los derechos de la naturaleza, y de asegurar el derecho humano al agua y saneamiento”.

Además, en su articulado establece que “estará a cargo de la coordinación de organismos y recolección de la información hídrica de la cuenca, de manera que se configure un sistema de control y monitoreo de las variables hidrológicas en los componentes del ciclo hídrico local, a escala de cuenca, considerando la disponibilidad y demanda de agua para establecer un balance hídrico por territorio”, en lo que denominan “Catastro Público de Aguas”.

Por su parte, la iniciativa que se rechazó fue la de Chile Vamos (625), donde se señalaba que este órgano autónomo “tendrá por objeto implementar la Política Nacional de los Recursos Hídricos, bajo un enfoque de cuenca y con un modelo de planificación local para lo cual deberá funcionar con oficinas territoriales encargadas de la fiscalización y planificación local del uso de los recursos hídricos”.

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