El Congreso y la multa por no votar
El no haber dejado establecida la multa por no sufragar en el mismo momento en que se aprobó la obligatoriedad del voto fue un grueso error, que dejó abierta la puerta para los chantajes políticos y todo tipo de artimañas.

Bochornosa ha sido la forma como el Congreso ha tramitado el proyecto de ley para establecer una multa a quienes no sufraguen en los próximos comicios presidenciales y parlamentarios. A menos de dos meses de las elecciones, este aspecto fundamental todavía sigue en suspenso, y la forma como se ha buscado destrabar es que, junto con establecer multas, a su vez se endurezcan los requisitos para el voto de los extranjeros, todo lo cual ha traído aún más confusión.
Desde luego ya fue una muy mala señal la “rebelión” protagonizada por diputados oficialistas, quienes con motivo del proyecto de ley precisamente sobre multas por no sufragar rechazaron incluir la sanción, contraviniendo al propio Ejecutivo y obligando a que en el Senado se alcanzara un acuerdo para reponer la multa. En la Cámara Alta se logró un entendimiento, conforme el cual se establece una multa entre unos $34 mil y $103 mil; a la par, en tiempo récord se aprobó una reforma constitucional según la cual los extranjeros avecindados en Chile por más de diez años ininterrumpidos -se considerarán de esa calidad a partir del momento en que obtengan un permiso de residencia definitiva- podrán ejercer el derecho a sufragio en los casos y formas que determine la ley, si bien dicho cambio no aplicará para estas elecciones, sino a partir de 2026.
Este cambio en relación con los extranjeros obedece al empecinamiento del Ejecutivo y de sectores oficialistas por restringir su voto, bajo el argumento de que el sistema chileno es demasiado laxo a la luz de la experiencia comparada, aunque es fácil advertir las motivaciones electoralistas detrás de ello.
Al parecer esta vez habría cierto piso entre los diputados oficialistas para aprobar la multa; la bancada socialista ya se allanó a ello, pero sigue habiendo diputados oficialistas renuentes a dar su aprobación, esgrimiendo las más diversas razones. Más allá de que el acuerdo político finalmente se honre, ello en ningún caso debe impedir extraer las lecciones sobre el espectáculo que se ha dado y reconocer el grave daño que todo ello genera sobre la política y el propio Congreso.
Desde luego, dado que la obligatoriedad del voto está establecida en la Constitución, y el mismo texto mandata que una ley orgánica constitucional fijará las multas o sanciones por el incumplimiento de este deber, negarse a ello no solo es desconocer el texto expreso, sino que además implica que la obligatoriedad pierde su carácter de tal. Sienta un muy mal precedente cuando los propios legisladores relativizan sus propias obligaciones constitucionales o derechamente están dispuestos a incumplirlas, sin que ello les traiga consecuencias.
Pero también debe tomarse conciencia que la razón última por la cual estamos discutiendo estos temas a solo semanas de los comicios se debe al grueso error de no haber dictado la ley orgánica respectiva con las multas apenas se reinstauró el voto obligatorio. Su consecuencia práctica no solo ha sido que en cada proceso electoral se ha debido discutir una sanción, sino que dejó abierta la puerta para que sectores pudieran recurrir al chantaje político o a todo tipo de artimañas, que es lo que en efecto ha venido ocurriendo, con todo el desgaste que ello implica. Esto debe ser aleccionador para futuras reformas, donde se debe evitar que queden aspectos no definidos y que posteriormente pueden usarse como mecanismo de presión para cambiar las reglas del juego.
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