Editorial

Oportuno dictamen de la Contraloría sobre el FES

Al precisar el modo correcto de valorar y registrar en la contabilidad fiscal los desembolsos por FES, es posible desprender que estos sí tendrán un impacto fiscal significativo y que el instrumento, tal como está concebido, es un impuesto.

FOTO: MARIO TELLEZ / LA TERCERA MARIO TELLEZ

Días atrás se conoció un dictamen donde la Contraloría General de la República se pronunció sobre cuál sería el modo correcto de valorar y registrar dentro de la contabilidad fiscal los desembolsos en que se incurra debido al FES, esto es, el mecanismo para el financiamiento de la educación superior que ha propuesto el gobierno y que actualmente se discute en la Comisión de Educación del Senado.

El requerimiento, formulado por un diputado de oposición, tenía por objeto definir si es posible concebir los desembolsos destinados al financiamiento de los aranceles regulados como un activo –tal como ha pretendido el gobierno-, o bien si estos debieran ser tratados directamente como un gasto que, como tal, tiene un efecto negativo inmediato sobre el patrimonio fiscal. En su dictamen, el ente contralor determinó que los recursos que se entregarían no cumplen con las condiciones para ser reconocidos como activos al momento del otorgamiento de los beneficios, pues no se tiene un derecho adquirido. Solo una vez que se determine el monto a cobrar, en base a los ingresos obtenidos por el beneficiario, se podrá contabilizar un activo por la cuenta por cobrar respectiva.

Si bien podría parecer un tecnicismo, lo cierto es que se trata de un asunto de primer orden, el cual tiene directa relación con la viabilidad de esta iniciativa. Esto, porque de dicha definición se siguen -al menos- dos implicancias clave.

La primera, que al tener que reconocer los desembolsos del FES como gasto en el instante en que se realizan, estos provocan un impacto fiscal significativo, partiendo por el hecho de que se alteran las metas fiscales. Esto no solo pone en duda una de las supuestas ventajas del sistema -su menor impacto para el Fisco-, sino que, además, en el contexto del persistente déficit que afecta a nuestras finanzas públicas, lo hace prácticamente insostenible. Si bien la pretensión del gobierno ha sido menospreciar dicho impacto, contabilizándolo “bajo la línea”, el pronunciamiento de la Contraloría viene a cuestionar esa intención.

Así también, el dictamen posee una segunda consecuencia clave, que dice relación con el modo como en definitiva se debe concebir el instrumento FES. Hasta aquí, el gobierno ha insistido en que este no es un impuesto, pese a la dudas planteadas desde la oposición, así como por diversos especialistas y también en estas mismas páginas. La razón sería que se trata de un pago asociado a una contraprestación -el financiamiento fiscal de los estudios- y que se cobrará mediante mecanismos de gran poder coercitivo. El asunto es que, independiente de esos elementos, lo que convierte al FES en un impuesto es la ausencia de una relación entre el monto desembolsado por el Estado y el retribuido por el egresado, en la medida que este depende de sus ingresos y no del costo de su carrera. Esto es lo que impide establecer un valor que permita catalogarlo como activo y contabilizarlo del modo que pretende el gobierno.

Con todo, este debate no debe llevar a perder de vista que, independiente de cómo se conciba y cómo se contabilice, el FES requerirá desembolsos fiscales considerables, los que naturalmente demandarán recursos y competirán con el financiamiento de otras prioridades sociales. El dictamen de la Contraloría contribuye a hacer explícito ese hecho.

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