Herval Abreu pierde disputa por “derecho al olvido” contra Google, Bing, Wikipedia y Yahoo!: Corte dice que no existe en la Constitución

Herval Abreu

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección del ex director de televisión que buscaba eliminar de los motores de búsqueda todo link de acceso a noticias asociadas a las acusaciones de abusos en que se vio involucrado en 2018. Su defensa confirmó que acudirá ahora a la Corte Suprema. Mientras el abogado de las denunciantes fustigó la arremetida legal de Abreu.


El pasado martes, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentado por el director de televisión y Herval Abreu Guerrero (56) que buscaba eliminar uno de los últimos resabios públicos de las acusaciones de abuso sexual en su contra en grandes transnacionales de información.

Todo comenzó cuando el 19 de febrero de 2020, Abreu presentó la acción en contra de Google, Microsoft (Bing), Verizon (Yahoo!) y Wikimedia (Wikipedia), solicitando la eliminación de sus motores de búsqueda de todo link de acceso a noticias asociadas a las acusaciones de abusos en que se vio involucrado en 2018.

Para el tribunal de alzada, “el llamado derecho al olvido no se encuentra establecido en nuestra legislación, y los motores de búsqueda de la Internet no son responsables de los datos que crean los usuarios, sino que su función se limita a indexar la información, la que es creada por terceros al amparo de la libertad de emitir opinión y de información garantizada en el artículo 19 N° 12 de la Carta Fundamental, con las limitaciones y responsabilidades allí establecidas”.

El fallo también establece que para que exista efectivamente una afectación de las garantías constitucionales, por un “acto u omisión arbitrario e ilegal” por parte de Google, Microsoft (Bing), Verizon (Yahoo!) y Wikimedia (Wikipedia), “se requiere que la información indexada resulte ser falsa o se encuentre sin actualizar”, lo que no ocurre en el caso de Abreu.

“El recurrente no impugna la veracidad de la información contenida e indexada en los distintos motores de búsqueda de la internet", agrega la resolución. "Para que exista efectivamente una conculcación de las garantías del recurrente, por un acto u omisión arbitrario e ilegal de las recurridas, se requiere (...) que la información indexada resulte ser falsa o se encuentre sin actualizar, lo que no es el caso de autos”, afirma.

La Corte de Apelaciones se apoyó en lo determinado por la Corte Suprema, el 27 de diciembre de 2019, cuando acogió en parte el reclamo del jefe de asuntos internos de la Dirección de Inteligencia de Carabineros, Dipolcar, Gonzalo Alveal Antonucci, quien fuera procesado por la Fiscalía Militar de Santiago por el delito de interceptación ilegal de comunicaciones telefónicas. Dicha resolución fue dejada sin efecto por la Corte Marcial del Ejército, Fuerza Aérea y Carabineros el 29 de julio de 2014.

En este caso, el ex funcionario de Carabineros solicitaba la eliminación de las indexaciones que realizaban los motores que búsqueda de Google y Microsoft (Bing) y eliminar los artículos alusivos a su caso en portales de El Mercurio, La Tercera y La Segunda. El máximo tribunal concluyó que no procede borrar las noticias, que en su día fueron publicadas lícitamente, pero sí que las empresas periodísticas actualicen sus noticias.

“La subsistencia de la mencionada información supondría extender un juicio de reproche social o imponer un manto de duda acerca de la vida social y profesional del actor, únicamente si no fuere posible, a través de los motores de búsqueda señalados, obtener una información actualizada del resultado de las denuncias efectuadas en contra del Sr. Abreu en el año 2018, haciendo caso omiso a circunstancia de que tales denuncias fueron sobreseídas definitivamente por la autoridad judicial respectiva”, explicó en su sentencia.

¿Por qué la Corte de Apelaciones comparó el caso de Abreu con el del ex funcionario de la Dipolcar?

Pedro Anguita, académico de la Universidad de Los Andes explicó que “si se coloca el nombre de Herval Abreu en alguno de los buscadores no existe una desactualización de las noticias referidas a él. Hice el ejercicio y en las dos primeras aparece Wikipedia que relatan su biografía las teleseries y aparece un acápite sobre el sobreseimiento. Es decir, no aparece en las primeras 10 ni 20 páginas de Google la revista del Sábado de El Mercurio y testimonios de las víctimas ni artículos periodísticos sobre el caso. Creo que esto es lo que vio la Corte de Apelaciones para señalar el punto del caso que cita resuelto por la Corte Suprema”.

Para la profesora de Ética de las Comunicaciones de la Universidad Católica, Lyuba Yez, “la única responsabilidad aquí de los medios es que si uno habla de Herval Abreu y la situación que vivió se debe decir que no llegó a ser condenado por los delitos imputados. Él debería tener la posibilidad de hacer su vida social y trabajar normalmente”.

“Es mentira todo lo que está diciendo Abreu”

En su recurso de protección, Herval Abreu -dijo- ser “un ciudadano inocente” y que el caso provocó una profunda afectación a sus relaciones familiares y de amistad. Explicó que el caso también afectó “su prestigio profesional y su trabajo, y cómo la sociedad lo ha estigmatizado, pese a no haber cometido ningún delito”.

Consultado por La Tercera PM, el abogado de Herval Abreu, Stephan Lührmann de Carey & Allende Abogados declinó efectuar comentarios sobre este artículo, pero confirmó que su cliente acudirá a la Corte Suprema en busca de revertir la sentencia adversa.

Quien sí manifestó su opinión sobre el fallo de primera instancia fue Juan Pablo Hermosilla, abogado y representante de seis mujeres que denunciaron al ex director de TV. “Es mentira todo lo que está diciendo Abreu. Él dice que es inocente y eso es totalmente mentira. Aquí toda la información es real y él habría tenido derecho al olvido si es que nunca hubiera existido un reportaje como el que hizo la revista El Sábado y que dijera que todo era mentira o fake news, pero todas las noticias publicadas son verdaderas y él está tergiversando la resolución que cerró la investigación al decir que es inocente, cuando no lo es”, dijo Hermosilla a La Tercera PM.

“No sólo estoy de acuerdo con el criterio de la Corte de Apelaciones, sino que además en su momento la justicia no dice lo que él dice ahora. De hecho, toma un tema de prescripción y dio por establecido algunos de los hechos. A diferencia del caso del carabinero, toda la información que hay sobre Abreu en la prensa es real. La fiscalía dio por acreditados dichos hechos, pero habían transcurrido demasiados años”, acotó.

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