Por Carlos MontesEl singular beneficio familiar que se reactivó en el gobierno de Kast: otorga 10 UF al séptimo hijo del mismo sexo
Se trata de un bono entregado desde 1976, el que, en el último tiempo, ha sufrido una serie de modificaciones. Tras 13 años sin otorgarse, este lunes el Presidente se lo concedió a una familia de Placilla.

Se trata de una tradición que comenzó en 1976, hace ya 50 años. Antiguamente conocido como “apadrinamiento presidencial”, la Gracia Presidencial de Reconocimiento al Séptimo Hijo es un bono que se le asigna a las familias en Chile cuando tienen el séptimo hijo del mismo sexo, previa acreditación de una situación económica vulnerable. Este lunes, tras 13 años sin que se haya dado, el Presidente José Antonio Kast volvió a otorgarlo.
Distintos presidentes han implementado el beneficio. Por ejemplo, en 2002, bajo el gobierno de Ricardo Lagos, y cuando el ministro del Interior era José Miguel Insulza, se apadrinó al hijo de una familia de nueve hermanos en Alerce, región de Los Lagos; en 2006, Michelle Bachelet hizo lo propio con la octava hija de una familia en Rengo, región de O’Higgins, mientras que Sebastián Piñera también lo hizo con una familia de Temuco en 2011. El último caso registrado es de 2013, durante el gobierno del propio Piñera, donde se benefició a una familia de siete hijos hombres en Ovalle.
Luis Gajardo, sociólogo de la U. Central, sostiene que la medida como política pública no tiene ningún sentido. En Chile actualmente “no tiene ninguna importancia como política pública para incentivar la natalidad. Tiene más sentido impulsar la sala cuna universal o bonos al primer y segundo hijo o para adquirir una vivienda. Esta antigua disposición de premiar el séptimo hijo varón se genera en el contexto de una sociedad patriarcal que no valoraba el aporte fundamental de las mujeres a la sociedad chilena”, agrega Gajardo.
Bajo el actual mandato de Kast, la iniciativa busca adquirir mayor fuerza al ser este un gobierno autodefinido como “profamilia”.
Justamente durante la tarde de este lunes el propio Kast entregó la “Gracia Presidencial de reconocimiento al séptimo hijo”, junto a la primera dama, María Pía Adriasola, y al subsecretario del Interior, Máximo Pavez, entre otros.

En este caso el beneficio recayó en Romina Elizabeth Silva Cueto, séptima hija mujer de la familia Silva Cueto, provenientes del sector de Placilla, en la Región de Valparaíso. La familia está compuesta por diez hijos y Romina Elizabeth nació el 8 de marzo de 2025, transformándose en la séptima hija mujer del grupo familiar, condición que la hace acreedora de este reconocimiento.
La ceremonia marca la primera entrega realizada bajo la nueva normativa aprobada en 2025, que formalizó y actualizó este reconocimiento estatal.
Actualmente, el beneficio contempla una dimensión simbólica, mediante la entrega de un certificado presidencial, y una dimensión económica consistente en un aporte de 10 UF depositado en una cuenta de ahorro a nombre del niño o niña beneficiaria.
Entre 2009 y 2013 se registró el período de mayor actividad documentada del beneficio. En ese entonces, consistía en la entrega de cheques de entre $ 120.000 y $ 144.000, destinados a libretas de ahorro para la vivienda.
“Para el gobierno del Presidente José Antonio Kast, las personas y las familias están en el centro de las políticas públicas y de las principales preocupaciones del Estado, reconociendo el valor de cada uno de sus integrantes”, señalan desde Presidencia, donde añaden que “en un contexto social donde formar una familia implica múltiples desafíos, esta iniciativa busca entregar una señal concreta de apoyo y reconocimiento, promoviendo condiciones de mayor seguridad, bienestar y esperanza para las familias chilenas”.

En 2025, mediante Resolución Exenta N° 4759 de la Subsecretaría del Interior, el beneficio fue actualizado y modernizado, dejando atrás el concepto de “apadrinamiento” para constituirse como un Reconocimiento Presidencial oficial.
El beneficio como tal, si bien existe oficialmente hace cinco décadas, tiene sus raíces en el gobierno de Arturo Alessandri Rodríguez y del cual se dice, comenzó informalmente en 1901. No está establecido por ley, sino que se encuentra regulado mediante la Resolución Exenta N.º 4759 de la Subsecretaría del Interior, la cual derogó la Circular 15 de 2002.
Asimismo, señalan desde Presidencia, “la iniciativa dejó de denominarse “apadrinamiento” para pasar a constituirse en un Reconocimiento Presidencial, retomándose con una estructura moderna y criterios administrativos claros".
Para acceder, el niño o niña debe haber nacido en Chile y contar con ambos padres y/o tutor legal residiendo en el territorio nacional. Además, no debe superar los 5 años y 11 meses de edad al momento de presentar la solicitud. En el caso de padres extranjeros, estos deberán acreditar situación migratoria regular y no registrar antecedentes penales en el certificado emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
Adicionalmente, el grupo familiar deberá encontrarse dentro del 90% de menores ingresos o mayor vulnerabilidad, de acuerdo con el Registro Social de Hogares.
Las postulaciones pueden realizarse durante todo el año y no tienen costo. Existen tres vías de ingreso: a través del formulario disponible en el sitio web de la Subsecretaría del Interior, mediante carta dirigida a S. E. el Presidente de la República, o de manera presencial en los departamentos sociales de las Delegaciones Presidenciales Regionales o Provinciales.
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