Columna de Paulina Ramos e Iván Pérez: Cuidados paliativos y eutanasia

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Por Paulina Ramos Vergara e Iván Pérez Hernández, Centro de Bioética Universidad Católica

En su primer discurso al país el Presidente Gabriel Boric ha declarado estar comprometido con “el derecho a cuidados paliativos y a una muerte digna…” afirmación que aplaudimos. Acto seguido ha anunciado ingresar “la urgencia a la tramitación del proyecto de ley que establece el derecho a la eutanasia en Chile…”, dejando así de manifiesto que en su concepción del morir con dignidad se incluye la posibilidad de provocar la muerte a un paciente que lo solicita. El anuncio presidencial es cuestionable por, al menos, 3 razones.

En primer lugar, debiera preocuparse de darle suma urgencia a la implementación de la ley N° 21.375, que acaba de entrar en vigencia en marzo 2022 y que garantiza el derecho a cuidados paliativos universales, e incluye por primera vez a los pacientes no oncológicos tanto en condición terminal como con enfermedades graves. A la fecha aún están pendientes los respectivos reglamentos que regularán la implementación de esta ley; más aún, pasará bastante tiempo antes que este nuevo derecho sea posible de atender por los prestadores de salud, habida cuenta de las necesidades logísticas, no sólo materiales sino especialmente de organización y capacitación de los equipos sanitarios. Sin una adecuada provisión de cuidados paliativos a todo paciente que los requiera no es de justicia ofrecer la alternativa de la eutanasia.

La segunda objeción se refiere a la hegemonía del principio de autonomía como justificación para la eutanasia. La autonomía de la persona humana se funda en la libertad que tenemos para tomar decisiones ajustadas a la razón y a la verdad. No basta que se cumplan los requisitos del consentimiento informado para calificar la licitud de una actuación médica, menos aún si el sufrimiento que impone una enfermedad terminal o grave condiciona el verdadero ejercicio de la libertad. ¿Será libre la solicitud de eutanasia de quien no ha recibido cuidados paliativos óptimos, se siente una carga para los demás (su familia y la sociedad) y ha dejado de sentirse digno?

Finalmente, el reconocimiento de un derecho conlleva la obligación de darle respuesta, en este caso debe entenderse la obligación que se le impondrá a los profesionales sanitarios (léase médicos) de provocar deliberadamente la muerte a sus pacientes, acto reñido profundamente con los fines de la profesión y con la recta conciencia del médico. Ayudar a los pacientes a morir con dignidad significa valorar la vida de cada persona hasta el último minuto de su existencia, atendiendo su sufrimiento físico, sicológico, espiritual y social, nunca debería entenderse como la obligación de quitarles la vida.

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