Nacional

Convenios de cooperación eficaz: la herramienta clave en la trama bielorrusa

La figura de la colaboración compensada ha sido clave en el desarrollo de la investigación que hoy tiene en prisión preventiva a la exministra de la Suprema Ángela Vivanco. Los conservadores de bienes raíces Sergio Yáber y Yamil Najle, el exdiputado DC Gabriel Silber, e incluso Eduardo Lagos se cuentan entre los imputados que llegaron a un trato.

Cuando el caso de la trama bielorrusa ya había estallado y Harold Pizarro supo que estaba involucrado como imputado, por presuntamente haber facilitado el lavado de dinero de las coimas que, como ha planteado la Fiscalía, Mario Vargas y Eduardo Lagos le habrían pagado a la exministra Ángela Vivanco, comenzó a contar todo lo que sabía.

Él es el dueño de la casa de cambios donde los citados abogados compraban y vendían dólares, por lo que -según él y su abogado, Emiliano Arias- sólo hizo lo que era habitual en su trabajo: transar dinero.

Pizarro ya ha declarado cuatro veces. Y relató al Ministerio Público todas las ocasiones en que Vargas y Lagos le solicitaron sus servicios. Con ello, junto a otros antecedentes relevantes, la Fiscalía fue dando forma a parte de las imputaciones.

Así, al notar que los antecedentes que aportaba eran relevantes, tenían fundamento y había forma de comprobarlos, fijaron un convenio de cooperación eficaz a través del cual los persecutores accedieron a solicitar una medida cautelar no tan intensa, como el arresto domiciliario parcial, y comprometieron una eventual rebaja de la pena en uno o dos grados. En su caso, sin embargo, se decretó arresto domiciliario en la audiencia del 14 de enero, pues los querellantes no fueron advertidos del acuerdo con la Fiscalía.

Pero Harold Pizarro no es el único imputado en la trama bielorrusa que tiene el estatus de colaborador. La Fiscalía encontró en esta fórmula una herramienta efectiva para acelerar la investigación y son varios los protagonistas de la historia que optaron por quedar en ese rol bajo la promesa de contar con la consideración del Ministerio Público.

Se cuentan entre ellos los conservadores de bienes raíces Sergio Yáber y Yamil Najle, el abogado y exdiputado DC Gabriel Silber, exsocio de Lagos y Vargas, e incluso el propio Lagos. Todos han ido aportando antecedentes más que relevantes.

Los datos que aportaron

Gracias al testimonio de Pizarro, como reconoció el mismo fiscal Marcos Muñoz, la Fiscalía podrá formalizar por nuevos delitos de cohecho a los principales protagonistas.

Sostuvo que en febrero de 2024 Vivanco habría recibido pagos irregulares que no estaban hasta ese entonces en el radar de los persecutores, y que ascendían a US$ 20.000.

“Dado que con la declaración de Harold el fiscal estimó que se podía avanzar, porque era útil para el esclarecimiento de los hechos, acordamos esto (...). Su testimonio se contrastó con las comunicaciones que habían sido interceptadas entre los otros imputados, georreferenciaciones y hallazgos de resoluciones relevantes”, explicó el abogado de Pizarro.

Najle, por su parte, dio cuenta de la presunta intervención que tendría Vivanco en las contrataciones de su pareja, Gonzalo Migueles. Él entregó un correo enviado por la exministra, donde acompañaba el contrato que su cónyuge debería haber firmado en su oficina.

El exdiputado Silber, por su parte, ha entregado antecedentes sobre las comunicaciones catalogadas como irregulares entre Vivanco y Lagos, donde incluso -según él- le adelantaba el resultado de fallos. A través del testimonio del abogado, la Fiscalía también pudo conocer la forma en que operaba la oficina de los coimputados y los presuntos favores que hacían a Vivanco.

Lagos aportó detalles que permitieron abrir una nueva investigación referente a las supuestas gestiones desplegadas por la senadora Loreto Carvajal (pareja de Silber) para que Najle llegara al cargo de conservador a cambio de un eventual pago.

El origen

Si bien durante el último año los convenios de cooperación eficaz han sido utilizados en distintas causas a nivel nacional, sin duda la trama bielorrusa es el caso más relevante en que se ha aplicado.

La herramienta hoy está regulada por el Código Procesal Penal y se introdujo como tal tras la aprobación de la Ley de Reincidencia, promulgada en agosto de 2024.

Para Ignacio Castillo, titular de la unidad especializada de Crimen Organizado de la Fiscalía Nacional, la aprobación de la modificación que dio vida a los convenios de cooperación “marcó un hito muy relevante en la persecución del crimen organizado y delitos de alta complejidad”.

“Hoy contamos con un marco único, moderno y claro (...). La experiencia desde su entrada en vigencia demuestra que, especialmente en materia de crimen organizado, la nueva normativa ha sido una herramienta altamente efectiva", manifestó el abogado.

Además, como plantea Castillo, se trata de una herramienta que supone proteger adecuadamente a quien colabora, asegurar el cumplimiento de las obligaciones recíprocas y evaluar con rigor la veracidad y relevancia de la información entregada, evitando un uso instrumental.

Puntos a favor y en contra

Consultada sobre la utilidad de los convenios de cooperación, Alejandra Castillo Ara, directora del Programa de Derecho Penal de la UDP, sostuvo que “la figura es relevante, sin duda. Está diseñada para una persecución más eficaz, pero tiene deficiencias evidentes. Lo más llamativo es que beneficia al delincuente que entrega información y, en algún punto, es un voto de confianza con esa persona que -se supone- no tiene fidelidad con el Estado de Derecho. Eso es contraintuitivo”.

“Lo mismo en torno a una eventual investigación sesgada, pues se le da un cierto poder a la información que entrega el delincuente, y eso puede llevar o dirigir de alguna manera una investigación en cierta dirección que decida subrepticiamente él y no el ente persecutor”, complementó, junto con sostener que “lo que resulta más curioso es que la decisión del Ministerio Público de aplicar cooperación eficaz es obligatoria para el juez. No tiene margen de rechazo”.

Por otro lado, la penalista Catherine Lathrop manifestó que “la cooperación eficaz es un ‘premio’, ya que el persecutor adopta una decisión estratégica para privilegiar el éxito de la investigación penal, beneficiando al cooperador”.

Aseguró, de igual forma, que el hecho de que el fiscal nacional, Ángel Valencia, regulara su aplicación por medio del oficio 908/2024 “permite evitar zonas grises y mantos de arbitrariedad”.

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