Por José NavarreteTribunal condena a excarabineros a penas de cárcel efectiva por robar a motorista en fiscalización y falsear parte
Le exigieron documentos y se quedaron con $600.000 en efectivo que portaba.

El 4° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago condenó a los excarabineros Claudio Iván Urrutia Lillo y Jorge Ignacio Ortiz Ortiz a seis años de presidio efectivo en calidad de autores de un delito consumado de robo con intimidación, perpetrado en diciembre de 2023 en Estación Central.
Además, se les impuso la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas.
En un fallo unánime, el tribunal –integrado por los jueces Erick Aravena Ibarra (presidente), Ana Cámpora Guajardo y René Bonnemaison Medel (redactor)– condenó, además, a Ortiz a 820 días de reclusión efectiva, como autor del delito consumado de falsificación de instrumento público.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que la mañana del 4 de diciembre de 2023, mientras la víctima, Jeisson Steeven Narváez García, conducía una motocicleta por avenida San Alberto Hurtado, fue interceptado por los condenados, entonces cabos primeros de la policía uniformada, que estaban desarrollando sus funciones habituales.
Cada uno a bordo de una motocicleta institucional de Carabineros, Ortiz y Urrutia interceptaron a Narváez haciendo detener el vehículo que conducía.
“Ambos imputados insultaron a la víctima, amenazándolo con deportarlo, a la vez que registraban sus vestimentas, procediendo uno de ellos a quitar desde sus manos a la víctima la billetera, y el otro a registrar los bolsillos de la víctima, sustrayéndoles el dinero en efectivo que la víctima llevaba consigo, para luego quitarle a la víctima su teléfono celular”, detalla la resolución.
Luego escoltaron a Narváez hasta una plaza en avenida Portales y le entregaron sus documentos y su teléfono, quedándose con con el dinero que ascendía a la suma aproximada de $624.000 en efectivo.
Posteriormente, Ortiz confeccionó una infracción del tránsito a Narváez por conducir sin licencia por Cerrillos, comuna por la que la víctima no transitó esa jornada.
Al determinar la pena se consideró la calidad de funcionarios públicos que mantenían los acusados al momento de la comisión de los hechos, circunstancia que “genera un daño mayor a un robo cometido por cualquier otra persona, pues los acusados realizaron esta acción abusando de las prerrogativas que la ley les entrega para el resguardo del orden público, la prevención de delitos y el servicio a la comunidad”.
Respecto al delito de falsificación de instrumento público, por el que se condenó a Ortiz, se hace ver que “confeccionó un documento ideológicamente falso, para justificar una actuación policial realizada fuera del marco legal, afectando no solo la fe pública, sino que la solidez y credibilidad con la que debe contar la institución policial a la que pertenecía el acusado”.
“En cuanto a la forma de cumplimiento, atendida la extensión de las penas, estas deberán ser de manera efectiva, debiendo abonarse el periodo que han estado privados de libertad con motivo de esta causa”, ordenó el tribunal en su sentencia.
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