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Zapallar: Alessandri en la mira por cederle a funcionarios municipales la explotación de estacionamientos públicos

La decisión de la Municipalidad de Zapallar de renovar el permiso que permite a la Asociación de Funcionarios Municipales explotar los estacionamientos de playas, calles y otros bienes públicos de la comuna abrió un debate respecto de los límites de este tipo de autorizaciones y de si la medida podría entrar en tensión con el principio de probidad administrativa.

Estacionamiento en calle de Zapallar: Foto: I. Municipalidad de Zapallar

El origen de la controversia está en el Decreto Alcaldicio N° 201, del 23 de enero de 2026, mediante el cual el municipio ratificó la renovación de un permiso precario otorgado originalmente en 2021 a la Asociación de Funcionarios Municipales de Zapallar. La medida rige por lo menos hasta el 30 de noviembre de 2027.

La autorización comprende algunos de los sectores con mayor afluencia turística de la comuna. Entre ellos figuran los estacionamientos del Parque de La Paz, en la playa de Zapallar; Playa Grande de Cachagua; Las Cujas; Los Coirones; el Loteo El Golf; la Avenida Tajamar, en La Laguna; además de todas las calles de los sectores urbanos de Zapallar, Cachagua, La Laguna y Catapilco.

El decreto además fija las tarifas máximas que podrá cobrar la Asociación de Funcionarios: $40 por minuto en los estacionamientos de playas y $30 por minuto en el resto de las calles urbanas, con excepción de Avenida Tajamar. Cabe mencionar que la renovación fue aprobada previamente por el Concejo Municipal en una sesión extraordinaria realizada a fines del año pasado.

Los cuestionamientos

Aunque el permiso se ha renovado de manera sucesiva desde 2021, su continuidad comenzó a ser cuestionada debido a que los beneficiarios directos son los propios funcionarios municipales, quienes administran los ingresos derivados de la explotación de bienes públicos cuya administración corresponde a la municipalidad. Son cerca de $100 millones anuales los que reciben los funcionarios, tras pagarle una cantidad similar a la empresa que contratan para el servicio de cobros.

De los $100 millones, acorde a información publicada por El Mercurio, 10% va a reinversión de señalética y mejoras, 30% para sus arcas y 60% al Departamento de Bienestar Municipal, que es donde trabaja la mayoría de los funcionarios.

Expertos consultados por La Tercera sostienen que el punto central del debate no dice relación con la existencia del permiso precario en sí, sino con el destinatario de éste. Según explican, la legislación permite a las municipalidades administren dichos bienes de uso público y otorgar permisos sobre ellos. Sin embargo, advierten que esa facultad debe ejercerse siempre resguardando el interés general y el principio de probidad administrativa.

Estacionamientos en playa de Zapallar. Foto: I. Municipalidad de Zapallar

En ese contexto, uno de los aspectos que podría ser objeto de revisión dice relación con un eventual conflicto de interés. Esto, considerando que la entidad favorecida está integrada por funcionarios del mismo organismo que concede el permiso.

Otro elemento que podría ser analizado es la finalidad de las asociaciones de funcionarios, reguladas por la Ley 19.296. Dichas organizaciones representan y promueven los intereses laborales de sus afiliados, por lo que queda bajo un manto de cuestionamientos si la explotación permanente de estacionamientos públicos constituye una actividad compatible con ese objeto.

Asimismo, dictámenes de la Contraloría General de la República han sostenido que las asociaciones de funcionarios no pueden recibir beneficios económicos otorgados por la propia entidad empleadora cuando ello pueda generar una colisión entre intereses públicos y privados, como en Quinta Normal en 2007 y en Las Condes en 2002.

También surge otro aspecto, que apunta a la existencia de un Servicio de Bienestar Municipal. Cuando dicho servicio existe, remarcan los expertos, las posibilidades de entregar beneficios económicos adicionales a las asociaciones de funcionarios son más acotadas y deben ajustarse estrictamente a las hipótesis previstas en la legislación.

Gustavo Alessandri, alcalde de Zapallar.

El alcalde de Zapallar, Gustavo Alessandri, defendió la legalidad del decreto y añadió que la asociación de funcionarios es una persona jurídica sin fines de lucro regulada por la Ley 19.296, por lo que los recursos que obtiene deben destinarse exclusivamente al cumplimiento de sus fines y no pueden distribuirse entre sus integrantes. Junto a eso, sostuvo que la exención del pago de derechos municipales se ajusta a la ordenanza vigente y que la renovación del permiso fue aprobada por el Concejo Municipal.

Además, sobre la decisión de renovar directamente el permiso a la Asociación de Funcionarios, el jefe comunal manifestó que no se trató de una contratación de servicios ni de una concesión permanente, sino de una autorización temporal cuya administración y costos operacionales son asumidos íntegramente por la entidad beneficiaria. En ese contexto, explicó que parte de los recursos obtenidos mediante la administración de los estacionamientos se destinan al financiamiento de un seguro complementario de salud para los funcionarios afiliados.

El abogado y académico de la Universidad Central, Claudio Pimentel, por su parte complementa que el decreto es jurídicamente defendible en la medida en que el artículo 36 de la Ley Orgánica de Municipalidades permite otorgar permisos sobre bienes municipales y bienes nacionales de uso público. Sin embargo, advierte que esa facultad no es absoluta, ya que la decisión debe estar debidamente fundamentada, explicitar con claridad cuál es la finalidad pública que persigue y respetar principios como la probidad, la igualdad y la imparcialidad. A su juicio, el hecho de que el permiso sea precario y que la Asociación de Funcionarios sea una entidad sin fines de lucro no basta para descartar eventuales cuestionamientos.

Pimentel agrega que el principal problema jurídico radica en que la organización beneficiada está integrada por los propios funcionarios de la municipalidad, lo que podría configurar un conflicto de interés y un eventual favorecimiento indebido.

En caso de que Contraloría concluyera que el decreto presenta vicios de legalidad, explica Pimentel, el organismo podría representarlo para que sea corregido o incluso solicitar su invalidación. También añade que la entidad fiscalizadora podría instruir la apertura de una investigación sumaria para determinar eventuales responsabilidades administrativas.

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