El juez que se enfrenta a las isapres para seguir con vida

juez-lebu

El abogado Héctor Troncoso sufre fibrosis pulmonar idiopática, una grave enfermedad cuyo tratamiento mensual supera los $3 millones y que constituye su única esperanza médica. Al no contar con la cobertura de Cruz Blanca- en la que cotizó por 28 años- Troncoso interpuso un recurso de protección en el que plantea la desprotección en que lo dejó el sistema privado de salud.




Héctor Troncoso resolvió por más de 30 años los problemas de los vecinos de Lebu, resguardando sus derechos en el juzgado de policía local de la comuna.

El abogado ejerció esta labor ininterrumpidamente hasta fines de 2016, cuando con 79 años fue diagnosticado con fibrosis pulmonar idiopática, una enfermedad de extrema gravedad - que no le permite respirar con normalidad lo que provoca una disminución de la cantidad de oxígeno que llegan a los pulmones y al resto de los órganos- y cuyo millonario tratamiento no está cubierto por su isapre.

Tras el fracaso de su primer tratamiento, su médico tratante le recetó Nintedanib, un medicamento que se encuentra en el mercado bajo el nombre comercial de "Vargatef" y tiene un costo mensual de $3.373.650.

Hoy, este medicamento constituye su única esperanza para mantenerse con vida, ya que pese a que se trata de una enfermedad gradual e irreversible existen numerosos estudios científicos que prueban la eficacia de esta droga, al punto de tener altas posibilidades de producir la estabilización de la fibrosis y mejorar la calidad de vida de quien la sufre.

Como ni la enfermedad ni el tratamiento se encuentran protegidos por la normativa legal existente, el juez de policía local - al igual que los otros tres mil chilenos que la sufren- debió utilizar sus ahorros para comprar dicho medicamento durante los últimos meses. Hoy no tiene recursos para seguir costeándolo.

"La normativa contractual de seguridad social me ha dejado en el total desamparo, obligándome a costear mi tratamiento mediante mis ahorros, y la ayuda económica de familiares y amigos. Estos ahorros ya se agotaron y el aporte económico externo es excepcional", explica Troncoso en el recurso de protección.

Actualmente se encuentra en una "crítica situación económica" en la cual no ve posibilidades de dar continuidad a su tratamiento, "salvo endeudar a mi familia en cantidades altísimas", asegura.

A través de este recurso de protección, Troncoso busca que isapre Cruz Blanca le reembolse la boleta por $ 3.373.680 que el pasado 10 de mayo le fue emitida tras comprar el medicamento en la Corporación Nacional del Cáncer. La recuperación de este dinero le permitirá comprar otra caja de dicho tratamiento.

Troncoso explica que antes de presentar el recurso, recurrieron a otras instancias. Por ejemplo, a partir del año pasado, presentó a la isapre varias solicitudes formales de reembolso del tratamiento.

El pasado 10 de enero, Cruz Blanca contestó al juez de policía local vía correo electrónico que "después de evaluado su caso determinamos que no es posible responder a su solicitud de aplicar bonificación al medicamento toda vez que no está codificado dentro del arancel de prestaciones de Cruz Blanca, el cual se basa en el arancel de Fonasa y en la codificación establecida por el Ministerio de Salud y de acuerdo a la normativa vigente no corresponde homologar de manera inexacta a otro código".

El abogado agrega que esta respuesta se repitió por parte de la isapre durante los meses posteriores. Por eso el 17 de abril recurrió a la Superintendencia de Salud (órgano que está llamado a resolver los conflictos entre afiliados e isapre) con el objetivo de obligar a la prestadora a dar cobertura y se solicitó una medida cautelar urgente.

Sin embargo, desde el organismo aún no han dado respuesta al caso.

El pasado 14 de julio, ante una nueva solicitud de reembolso del medicamento, Cruz Blanca contestó que no dará respuesta directa a su petición, "toda vez que ésta deberá ser resuelta por la Superintendencia de Salud".

Isapre Cruz Blanca fue contactada por La Tercera pero no se refirió al caso por encontrarse en litigio.

"Estamos tratando de hacer valer el derecho a la vida"

Según planteó Troncoso, la falta de cobertura por parte de su isapre en el tratamiento de su enfermedad constituye un "socavamiento y violación a la dignidad humana" y lo priva del goce de una serie de derechos fundamentales, tales como, a la seguridad social, a la propiedad, a la salud, a la integridad psíquica y física de él y su familia y el derecho a la vida.

El abogado constitucionalista José Bidart, quien representa al juez de policía local en este caso, explica a La Tercera que "en Chile lo que ocurre con el derecho a la salud es que solamente está protegida la libre elección pero no está cubierta como un derecho social".

Bidart enfatiza en que "con esta estructura jurídica mi representado se encuentra en el total desamparo obligándolo a costear su tratamiento mediante sus ahorros y ayuda económica por parte de sus familiares".

"Si una persona no tiene la cobertura de la isapre, entonces está absolutamente expuesta a perder su vida. Nosotros estamos tratando de hacer valer el derecho a la vida por sobre cualquier circunstancia en este caso", sostiene el abogado.

Y agrega que se trata de una situación que puede afectar a cualquier chileno. "Todos somos iguales ante la ley (…) cualquier persona puede verse afectada por una circunstancia de este orden. Pero también una persona que sirve a la República y sirve a la comuna, como un juez de policía local, puede llegar a una situación tan límite que puede perder su vida por falta de cobertura".

Otro de los argumentos esgrimidos en el recurso de protección es que los contratos de salud al constituir un instrumento de cumplimiento directo de derechos fundamentales tienen naturaleza de orden público constitucional, "debiendo cumplir con el contenido mínimo del derecho a la seguridad social".

Bidart explica que se rigen "por el principio de la protección civil de la buena fe, artículo 1546 del Código Civil. En consecuencia, por sobre el artículo 190 inciso segundo n°8 del Decreto con Fuerza de Ley n°1 sobre la materia, debe entenderse que el contrato de salud siempre tiene incorporada la obligación de prestar apoyo financiero necesario frente a aquellos casos de extrema gravedad".

Pese a que esta situación puede representar "un elemento de incerteza económica para la isapre", en el recurso se plantea que "no se trata de un asegurador de derecho privado que pueda pretender plena libertad lucrativa en cuanto a sus utilidades".

"Yo pago mensualmente una cotización elevada hace más de 28 años, lo cual refuerza la razonabilidad de la isapre de prestarme apoyo económico para un caso vital, pues la cobertura que requiere para el medicamento tiene una relación verdaderamente proporcional con la cotización que ha venido aportando", argumenta Troncoso.

Y además agrega que para este caso no pueden dejarse de considerar las utilidades de isapre Cruz Blanca. "Ninguna isapre ha sufrido pérdidas el año 2016", dice.

Según información de la Superintendencia, Cruz Blanca fue la que generó mayores utilidades durante 2016: $11.952 millones, es decir, 215,9% más que el año anterior.

Comenta

Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.