Opinión

Omnipresencia de la plurinacionalidad

SEÑOR DIRECTOR:

Chile es un Estado social y democrático de derecho. Es plurinacional, intercultural, regional y ecológico. Este es el artículo 1 de la Constitución de la Convención que será plebiscitada el próximo 4 de septiembre. Mucho se ha hablado sobre el alcance de la “plurinacionalidad”. Exconstituyentes y académicos han planteado que la “plurinacionalidad” es un concepto “abierto” y que, por tanto, la ley sería la encargada de aterrizarlo.

¿Qué se esconde bajo el paraguas de la plurinacionalidad? Vamos viendo.

Queda claro en la Constitución de la Convención la creación de autonomías territoriales indígenas que tendrán personalidad jurídica y patrimonio propio, con autogobierno y libre determinación de los pueblos para cada uno de los 11 pueblos indígenas, construyendo una suerte de mini estados dentro del nuestro.

También queda claro que la propiedad indígena goza de especial protección y que la restitución de tierras es un mecanismo preferente de reparación, lo que, en los hechos, extenderá el conflicto de la Macrozona Sur al resto de nuestro país.

En la propuesta de nueva Constitución, la posibilidad de crear 11 sistemas de justicia indígenas paralelos, en los que no será un juez, sino que una autoridad ancestral, la que resolverá los conflictos jurídicos.

También, que existirán cupos reservados para pueblos indígenas en cada órgano de representación popular a nivel nacional, regional y comunal (hasta en los concejos municipales).

Queda claro en la Constitución de la Convención el derecho de estos pueblos a sus propias medicinas ancestrales y la autonomía para que puedan crear sus propios establecimientos educacionales dentro del sistema nacional de educación. Ambos derechos financiados con los impuestos de todos los chilenos.

Así mismo, se establece la exigencia del consentimiento libre, previo e informado de los “pueblos y naciones indígenas” en todas aquellas materias o asuntos que les afecten en sus derechos reconocidos en la Constitución.

La realidad es que la premisa de que será la ley la que revertirá los errores de la Convención en materia de la plurinacionalidad es falsa, ya que la propuesta es bastante clara y transparente en cuanto a darle una “bajada práctica” a este concepto.

Constanza Hube

Profesora Derecho Constitucional UC

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