Término de la soberanía



SEÑOR DIRECTOR:

El proyecto elaborado por la Convención pone término a la soberanía de la nación chilena, consagrada desde los inicios de la República. Esto es, el poder que tienen los ciudadanos para establecer los derechos de las personas y el sistema de gobierno.

Después del triunfo en la Batalla de Maipú, bajo el gobierno de O’Higgins, se aprobó, en octubre de 1818, la primera Constitución, la que estableció que “pertenece la nación chilena, la soberanía o facultad para instalar su Gobierno y dictar las leyes que le han de regir”. Conceptos similares contienen las constituciones de 1833 y 1925. El texto actual, vigente desde el año 2005, con la firma del Presidente Lagos y su gabinete, ratifica que la soberanía reside en la nación. El Estado de Chile, desde sus orígenes, es unitario y la nación chilena, una sola.

El proyecto de la Convención se inicia en su artículo 1°, expresando que el Estado de Chile es “plurinacional, intercultural, regional y ecológico”, conceptos que se apartan de nuestra historia constitucional. El artículo 5° declara la coexistencia de 11 naciones en el Estado chileno, agregando que se deberá garantizar su libre determinación. El artículo 187 dispone la creación de entidades territoriales, entre ellas las naciones indígenas, que estarán dotadas de autonomía. El artículo 309 acepta la existencia de sistemas jurídicos propios de esas naciones, separados del sistema jurisdiccional del país. El artículo 191 ordena que las naciones indígenas deberán dar su consentimiento, para que se pueda modificar las materias que les afecten.

Esto, pone término a la soberanía chilena, vigente hasta la fecha. Tal vez, ello explique que el símbolo que la Convención escogió, para presentar su proyecto, sea la bandera chilena fragmentada.

José Luis López Blanco

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