A través de decreto supremo fundado y sin restringir derechos fundamentales: La nueva propuesta del gobierno para que las FF.AA. resguarden infraestructura crítica

Militares resguardan Bomaba Maipu
Foto : Andres Perez

El ministro del Interior, Gonzalo Blumel, y su par de Defensa, Alberto Espina, presentaron ante la Comisión de Constitución del Senado la nueva propuesta del Ejecutivo. Texto será plasmado como una indicación a uno de los proyectos en trámite. La iniciativa, además, establece que no corresponde a un nuevo estado de excepción y que puede prorrogarse por una sola vez.


Hasta la Comisión de Constitución del Senado llegó, a las 11.00, hoy el ministro de Interior, Gonzalo Blumel, y su par de Defensa, Alberto Espina. Esto, con el objetivo de presentar la nueva propuesta del gobierno para permitir que las Fuerzas Armadas resguarden infraestructura crítica sin la necesidad de decretar un estado de excepción.

Esto, luego de que parlamentarios de la oposición cuestionaran que el proyecto se haya ingresado como reforma a una ley orgánica de las Fuerzas Armadas y que se estableciera una exención de penas. Los legisladores de la centroizquierda, en ese escenario, advirtieron que no estarían los votos.

Así, finalmente el gobierno anunció ayer que optaría por una reforma constitucional como lo habían solicitado esos parlamentarios, mientras que hoy ambos secretarios de Estado llegaron con un documento con la nueva propuesta y la expusieron durante la sesión, la que tuvo carácter de secreta.

En ese documento, al cual accedió La Tercera, se señala que "artículo único: incorpórese el siguiente artículo bis nuevo en la Constitución política de la República, del siguiente tenor: cuando exista un riesgo para la seguridad de la nación, fuera de los casos de estado de excepción constitucional, el Presidente de la República podrá ordenar, mediante decreto supremo fundando el empleo de unidades de las Fuerzas Armadas para la protección de infraestructura crítica, determinando específicamente que tiene esa condición ".

Además, se detalla que "en el ejercicio de esta facultad, en ningún caso se podrá decretar la suspensión, restricción o privación de derechos y garantías constitucionales, disponer el empleo de las Fuerzas Armadas para restablecer el orden o la seguridad pública o afectar las facultades correspondientes de las Fuerzas de Orden y Seguridad".

De igual manera, se establece que el Presidente designará, "en el mismo decreto una o más autoridades militares que asumirán el control operacional de las unidades de las Fuerzas Armadas que asignen los comandantes en jefes para el fin señalado en el inciso anterior. Mientras que se mantenga la designación precedente, el Ministerio encargado de la defensa, a través del Estado mayor conjunto, realizará la coordinación y evaluará constantemente el cumplimiento de las normas y políticas aplicables a las Fuerzas Armadas en el cumplimiento de esta función".

En el texto, además, se define a la infraestructura crítica y se señala que comprende "aquellas instalaciones, sistemas y sus componentes cuya perturbación en su funcionamiento o su destrucción tendría un grave impacto sobre los servicios de utilizad pública para la población o para el eficaz funcionamiento de los órganos y la administración del Estado".

Finalmente, en el cuarto y último párrafo de la propuesta del Ejecutivo se indica que "el decreto mencionado determina la infraestructura crítica específica a proteger". Y, a diferencia de los estados de excepción constitucionales, podrá tener una vigencia máxima de 30 días corridos, que podrá ser prorrogado por una sola vez, "mientras se mantenga el riesgo para la seguridad de la nación".

Y se agrega: "El Presidente de la República deberá informar a la brevedad al Congreso Nacional de las medidas adoptadas".

La propuesta del Ejecutivo se traducirá en una indicación a uno de los proyectos que actualmente se encuentran en trámite sobre la materia. Según indicaron desde la Comisión de Constitución hay tres boletines: el que permite el empleo de fuerzas militares en el resguardo de infraestructura, el que regula el estado de alerta para prevenir daños a infraestructura crítica y el que faculta al Presidente de la República para declarar estado de alerta destinado al resguardo de la infraestructura crítica.

A la salida de la sesión, el presidente de la instancia, Felipe Harboe, puntualizó que "estamos avanzando, hay una propuesta de indicación de parte del Ejecutivo, también estamos trabajando con los señores senadores una propuesta de indicación para ver cómo somos capaces de tener un proyecto en materia de infraestructura crítica que sea lo suficientemente resguardado".

El senador PPD subrayó que es necesario que la reforma "por un lado, dé los instrumentos adecuados (a las FF.AA.), pero por otro, que tenga información objetiva respecto de las condiciones que las justifican, con sistema de control civil y con un límite de plazos para evitar que estas prorrogas sean permanentes y, además, que no se contemple ninguna norma como la que se había planteado en su oportunidad respecto del eximente de responsabilidad penal".

En ese sentido, Harboe adelantó que para mañana tienen contemplado una sesión con constitucionalistas para definir finalmente a cuál de las tres mociones que están en tabla se podría incorporar la indicación presentada por el Ejecutivo. Esto, porque hay discrepancias en torno a qué artículo de la Constitución es que el debe modificarse.

"Hay algunos que plantean que debiera quedan en el artículo 42, que establece estados de excepción (...) Otros dicen que debería estar en el artículo 101 de las FF.AA. pero eso requiere 2/3. Y otros, plantean que esto debería modificar el artículo relativo a las facultades presidenciales", explicó el parlamentario.

Por su parte, el ministro Espina indicó que "se ha entregado a los senadores un documento que resume un poco lo que ellos han planteado para que concretemos un objetivo que es fundamental si queremos un buen control del orden público: la colaboración de las FF.AA. exclusivamente en el resguardo de la infraestructura crítica del país".

Y añadió: " Cuando se plantea que hay un retroceso porque si es LOC o reforma constitucional, quiero decir que no tiene ninguna importancia, si el instrumento por el cual se hace es solo un instrumento. Si despierta más consenso hacerlo a través de la Constitución, bienvenido sea. Lo que sí, es que no es un estado de excepción, porque esos estados consisten en que se le restringen derechos a los ciudadanos".

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