Monto de las multas que cursó la Superintendencia de Pensiones a las AFP bajó 32% en 2022 y el IPS está invicto desde 2013

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Las multas a beneficio fiscal que recibieron las AFP totalizaron UF11 mil durante 2022. En tanto, el número de multas a las administradoras el año pasado registró su menor nivel desde 1984, ya que hubo seis sanciones al cierre de diciembre.


Multas a beneficio fiscal que totalizaron UF11 mil cursó durante 2022 la Superintendencia de Pensiones (SP) a las AFP, considerando las ejecutoriadas y no ejecutoriadas. Esto es un 32% menor que las multas por UF16.215 que impuso el regulador a las administradoras durante 2021.

En tanto, el número de multas que recibieron las AFP el año pasado registró su menor nivel desde 1984, ya que hubo seis sanciones al cierre de diciembre.

Por otro lado, el Instituto de Previsión Social (IPS) está invicto desde 2013, ya que el sitio web de la Superintendencia no registra ninguna sanción al IPS desde ese año. Eso sí, el año pasado también hubo un asesor previsional que recibió una multa por UF400.

La SP detalla que aplican “una fiscalización de cumplimiento normativo y un modelo de Supervisión Basada en Riesgos (SBR) respecto de todos sus fiscalizados. Las sanciones que aplica la Superintendencia se originan en infracciones a la regulación vigente”.

En esa línea, el regulador puntualiza que “la SBR fue establecida para las AFP y la AFC mediante una ley que entró en vigencia en 2017, de manera que desde esa fecha la Superintendencia ha aplicado un modelo mixto de supervisión”. En tanto, agregan que “recién con la ley PGU de enero de 2022 se incorpora al IPS la supervisión basada en riesgos. También en dicha ley se faculta a la Superintendencia para fiscalizar las actividades que subcontrate el IPS. Por lo tanto, con la ley PGU la Superintendencia puede aplicar al IPS un modelo integral de supervisión como el aplicado a las AFP y AFC desde 2017″.

Agregan que “las AFP tienen un mayor número de procesos de los que efectúa el IPS. Los macroprocesos de las AFP son: administración de cuentas, inversiones, beneficios, comercialización y servicios. Los macroprocesos del IPS son recaudación y otras actividades relacionadas al historial previsional, beneficios y servicios”.

Sobre el procedimiento interno del proceso sancionatorio, desde la SP explican que la Fiscalía del organismo “es la encargada de liderar los procesos sancionatorios que lleva adelante la institución, los cuales son resultado de un trabajo multidisciplinario en que participan las divisiones del servicio con mayor o menor injerencia, acorde al caso o la infracción que se investiga, analiza y sanciona. La o el fiscal de la institución es, de hecho, la autoridad subrogante de la o el jefe de servicio”.

En esa línea, detallan que “hasta junio de 2021, los procesos sancionatorios que se llevan adelante respecto de las entidades fiscalizadas estaban a cargo del Departamento Judicial y de Cumplimiento de la Fiscalía de la SP, el cual estaba conformado por cinco abogados y una secretaria. Este departamento abarcaba tanto los procesos sancionatorios como los procesos judiciales”. Toda la cadena del proceso sancionatorio en todas las dimensiones se encuentra regulado en una política sancionatoria de la SP.

En tanto, señalan que fue desde junio de 2021 cuando se creó el Departamento de Cumplimiento de la Fiscalía, “el cual tiene dedicación exclusiva para el desarrollo y aplicación de los procesos en materia sancionatoria administrativa. Dos abogados titulares forman este equipo, agregándose durante el primer trimestre de 2023 un tercer abogado al staff. Asimismo, es importante tener presente que es este equipo recibe apoyo del resto de las y los integrantes de la Fiscalía, según la materia y especificidad del caso”.

Además, el regulador detalla que en marzo de 2022 “se actualizó el procedimiento interno de proceso sancionatorio para hacerlo más eficiente y apegado a los más altos estándares en la materia”.

Con todo, durante el año pasado el 43,8% del total del monto de las multas que se aplicaron fueron por problema de control interno respecto de diversos procesos relacionados a los beneficios del sistema de pensiones. El 31,6% fue por problema de cobro devoluciones de impuesto en el extranjero, un 11,4% por errores y retrasos en remisión de información a la SP, el 7,9% por incumplimiento en el procedimiento cierre de agencia, 3,5% por incumplimiento normativo (persona natural), y 1,8% por sobregiro de cuentas corrientes extranjeras de los fondos de pensiones.

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