Ninguna multa por información privilegiada en la última década ha concluido con cárcel

CMF

A su vez, en los últimos 10 años, solo ha habido algunos casos de entrega de información falsa que han terminado en prisión preventiva, pero sumándose a otros delitos.




En noviembre de 2015, la entonces Superintendencia de Valores y Seguros (actual CMF) anunció una millonaria sanción contra uno de los personajes más influyentes del mercado local: Juan Bilbao.

Tras haber determinado que Bilbao adquirió acciones de CFR, donde era director, haciendo uso de información privilegiada, aplicó una multa de 90.000 UF (US$3,3 millones). Así, se convirtió en la sanción más alta que ha cursado el regulador financiero por esta infracción al artículo 165 de la Ley de Mercado de Valores, al menos, desde 2010.

Pese a ello, la sanción fue cuestionada. Por un lado, porque fue menor a la multa por US$13,2 millones que aplicó el regulador de Estados Unidos a Bilbao un mes antes y, por otra parte, porque pese a que el Ministerio Público abrió una investigación penal, no perseveró.

Por ende, el exejecutivo nunca estuvo ni siquiera cerca de arriesgar una pena de cárcel, que para este delito corresponde actualmente a un mínimo de 61 días y a un máximo de cinco años.

De hecho, de las 18 sanciones por 163.200 UF (US$6 millones) que ha aplicado la CMF por esta infracción en la última década, ninguna ha terminado con cárcel.

La agenda antiabusos que anunció el Presidente Sebastián Piñera el lunes se hace cargo de este tipo de casos, ya que, entre otros aspectos, contempla un aumento de las sanciones penales y las multas para los delitos de uso de información privilegiada y de divulgación de información falsa. Lo anterior, para evitar abusos y asegurar igualdad de información y oportunidades en los mercados financieros.

En ese sentido, ayer el ministro de Economía, Lucas Palacios, explicó que para el delito de información privilegiada se establecerá un mínimo de 1,5 a 3 años, cuando no existan antecedentes previos (ver detalles en página 2).

Información falsa. En el caso de la difusión de información falsa, castigada penalmente desde 541 días a 10 años, en la última década la CMF ha aplicado 40 sanciones por un monto total de 170.350 UF (US$6,2 millones).

De ellas, ha habido algunos casos que han derivado -en el marco de investigaciones penales- en prisión preventiva para los involucrados, pero ninguna de ellas ha culminado en cárcel efectiva. Sin embargo, dichas medidas cautelares han sido producto de que se han sumado otros delitos, como la estafa y la apropiación indebida.

El caso más actual es el de Gabriel Urenda Salamanca, fundador del extinto grupo empresarial Intervalores, quien lleva casi un año cumpliendo prisión preventiva en el anexo Capitán Yáber.

El Ministerio Público investiga a Urenda y a algunos ejecutivos por los delitos de entrega de información falsa al mercado, estafa y apropiación indebida, en un esquema piramidal que afectó a 80 víctimas con un perjuicio cercano a los $11.000 millones.

Otras situaciones más antiguas las protagonizaron algunos exejecutivos involucrados en el caso La Polar, quienes, tras haber estado algún tiempo en prisión preventiva, finalmente fueron condenados a cumplir sus penas en libertad.

La visión de los expertos. En general, los expertos valoraron este apartado de la agenda antiabusos.

"El mercado percibirá como positivos estos cambios, el aumento en las sanciones penales ayudará a que su probabilidad de ocurrencia disminuya, en esa medida también se potenciará la función de la CMF", afirmó Álvaro Clarke, exsuperintendente de Valores y Seguros.

Sin embargo, precisó, "tratándose de sanciones penales lo más relevante es fortalecer el rol de Ministerio Público. En este punto es clave la figura del denunciante anónimo, ya que estadísticamente es el mecanismo que mejor funciona cuando se indaga este tipo de ilícitos que son muy difíciles de pesquisar y probar debidamente".

Para Hugo Caneo, abogado y docente de UNegocios de la FEN de la U. Chile, el aumento de las penas "debiera reducir la posibilidad de que no haya sanción penal efectiva, y apunta a la integridad y fe pública del mercado de valores".

El exjefe del Área de Cumplimiento de Mercado de la SVS agregó que "en ambos casos lo que se afecta es la confianza en el mercado propenso a tales conductas, lo que hace que los inversionistas asuman que es un mercado riesgoso, y al que, dado ese mayor riesgo, se le exigirá una mayor rentabilidad para compensar esa posibildad de ser afectados por tales delitos".

Carlos Gajardo, exfiscal jefe de la Unidad de Alta Complejidad Oriente, destacó el aumento de las penas para el uso de información privilegiada, pese a que cuestionó que, en general, la agenda antiabusos "no recoge ninguna de las propuestas que había planteado la Fiscalía y, si bien representa un avance, de ninguna manera podrá sancionar adecuada y efectivamente los delitos de cuello y corbata".

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