
Años en el mercado y gestión por US$1.000 millones en Chile: las exigencias del regulador para el futuro administrador del FAPP
Este jueves, la Superintendencia de Pensiones emitió la normativa que regula las condiciones generales que deberá observar el AFAPP para llevar a cabo el proceso de licitación de la administración de carteras.
Una serie de requisitos en torno a años de experiencia y montos mínimos gestionados en Chile y el extranjero, impuso la Superintendencia de Pensiones en la normativa que regula la licitación del Administrador del Fondo Autónomo de Protección Previsional (AFAPP).
El administrador deberá gestionar los recursos recaudados por el Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP) que creó la reforma de pensiones, entidad que recibe parte de la cotización adicional con cargo del empleador, con cuyos fondos estará encargada de gestionar todos los beneficios del Seguro Social establecido en la reforma.
La norma -emitida este jueves- regula las condiciones generales que deberá observar el AFAPP para llevar a cabo el proceso de licitación de la administración de carteras, “estableciendo los requisitos de participación, la estructura de las bases de licitación, el contenido mínimo de los contratos y los resguardos aplicables a la administración de los recursos del fondo”, dijo la Superintendencia.
En su comunicado, el regulador explicó que corresponderá al AFAPP definir la distribución de los recursos entre las distintas clases de activos, velando por la adecuada diversificación, consistencia con los lineamientos de inversión y resguardo del interés del FAPP.
De igual modo, señaló que la ley encomienda al AFAPP la gestión de los recursos, velando por la maximización de la rentabilidad de largo plazo y la sustentabilidad financiera del fondo.
Además, indicó que “las bases deberán contemplar un valor por sobre el cual no podrá adjudicar ofertas (causal de inadmisibilidad de la oferta)”.
Las exigencias
La normativa dictada por el regulador, estableció también que la licitación de los servicios de administración de carteras de inversión de la totalidad de los recursos del Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP) podrá adjudicarse a un solo administrador o a diversos administradores, por el plazo máximo de diez años.
Entre las exigencias impuestas por la Superintendencia de Pensiones, el postulante deberá acreditar “que el equipo principal de profesionales que desarrollará la gestión de inversiones de todo o parte de los recursos del Fondo Autónomo de Protección Previsional, cuenta con experiencia de al menos 5 años continuos o discontinuos en administración de la clase de activos respectiva, en los últimos 10 años”.
Junto con ello, el postulante deberá acreditar haber mantenido activos bajo administración por un monto promedio mensual que, para el año calendario anterior al del llamado a licitación, no pude ser inferior a los US$2.000 millones en activos del mercado extranjero; US$ 1.000 millones para activos públicos o tradicionales del mercado nacional; y US$ 200 millones para activos privados o alternativos del mercado nacional.
“No se considerarán como activos bajo administración, aquellos invertidos a través de vehículos de terceros, tales como fondos alimentadores (feeder funds) o estructuras equivalentes, cuando el oferente no ejerza la administración, ni la gestión de dichos activos”, detalló la Superintendencia de Pensiones.
Por último, el regulador detalló que la primera o primeras licitaciones del AFAPP deberán estar adjudicadas con “la anticipación necesaria para que el o los adjudicatarios inicien su gestión de carteras el 1 de julio de 2026″.
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