Por Leonardo CárdenasCaso Sartor: Defensa de Carlos Larraín apela a prisión preventiva y pide dejar Santiago 1
La defensa de Carlos Larraín apeló su prisión preventiva, argumentando que dejó su cargo de director en 2021 y que las acusaciones carecen de pruebas concretas. Por ello, solicitan reemplazar la medida por firma mensual y arraigo nacional.
La defensa de Carlos Larraín Mery, exdirector de la Administradora General de Fondos (AGF), liderada por el abogada Catherine Latrhop, presentó un recurso de apelación en contra de la resolución del 4° Juzgado de Garantía de Santiago que decretó su prisión preventiva. Esto luego de ser formalizado, junto a otros 10 imputados, por los presuntos delitos de administración desleal, negociación incompatible y entrega de información falsa al mercado.
A la fecha, Larraín permanece recluido en el penal Santiago 1.
En el escrito, la defensa argumentó que Larraín cesó formalmente en su cargo de director de Sartor AGF el 29 de diciembre de 2021, por lo que cuestionó que el tribunal extendiera indebidamente su responsabilidad hacia un período posterior en calidad de asesor.
Asimismo, destacó que la propia jueza descartó su participación en el delito de entrega de información falsa al mercado correspondiente a los períodos 2023 y 2024, y recordó que no se le atribuyó responsabilidad en lavado de activos, omisión de oferta pública ni contratos simulados.
En su escrito, los abogados sostuvieron también que el tribunal aplicó una imputación genérica sin precisar actos concretos, nexos causales o dolo, por lo que solicitaron revocar la privación de libertad y decretar medidas cautelares menos gravosas, tales como la firma mensual y la prohibición de salir del país.
“La resolución causa a esta defensa un agravio actual, grave y de imposible reparación ulterior: lo priva de libertad mediante una decisión que utiliza la gravedad global de la investigación, pero no individualiza de modo suficiente el acto, período, competencia, aporte, dolo y perjuicio que justificarían la medida más intensa”
“El agravio se intensifica porque la jueza reconoció el cese de la calidad de director el 29 de diciembre de 2021; las abstenciones en decisiones concretas; la falta de actos de preparación, aprobación, suscripción o remisión de información financiera; la ausencia de imputación personal por lavado de activos; la inexistencia de una causal de obstaculización atribuida a Carlos Larraín Mery; el arraigo y la comparecencia voluntaria; y la posibilidad de que diversas operaciones fueran racionales y no ilícitas por sí mismas”, acotó.
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