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ChileActores pierde arbitraje contra Anatel por modelo de tarifas que regirá durante próximos tres años y cuestiona a jueces

ChileActores perdió arbitraje tarifario contra Anatel, por lo que deberá acatar una fórmula de pago basada en el uso efectivo de su repertorio. Frente a este fallo, la entidad presentó un recurso de queja acusando abusos del tribunal arbitral y advirtiendo que el modelo les exige una "prueba diabólica" para cobrar.

Esperanza Silva en los premios Caleuche

ChileActores, la entidad de gestión colectiva que protege los derechos de propiedad intelectual y bienestar de los artistas interpretes o ejecutantes audiovisuales, acaba de perder un arbitraje en el marco de un conflicto con la Asociación Nacional de Televisión (Anatel), que es el gremio que agrupa a los canales de televisión abierta de cobertura nacional.

¿El motivo de la disputa? La determinación de la nueva tarifa que los canales de televisión abierta deben pagar a ChileActores. Dicho pago corresponde a la remuneración exigida por la comunicación pública y puesta a disposición de contenidos protegidos por derechos de autor.

El fallo del pasado 17 de julio del tribunal arbitral compuesto por Cristián Mir, Rodrigo Bordachar y Richard Burgos, resolvió “optar por la propuesta de Anatel respecto de la tarifa a cobrar por la puesta a disposición al público de contenidos protegidos por derechos conexos al derecho de autor”.

El tribunal arbitral consideró que la propuesta de Anatel cumplía mejor con los criterios legales de “beneficio pecuniario” y “tarifas anteriores”, al vincular el pago al uso real e ingresos de cada período de manera comprobable, manteniendo la estructura de acuerdos históricos.

Ello, debido a que el convenio tarifario que vinculó a las partes se encontraba vencido para el período 2025, año durante el cual se desarrolló la mediación y, posteriormente, este arbitraje, sin que existiera un nuevo acuerdo tarifario vigente entre Anatel y ChileActores.

“La tarifa adoptada no podrá ser modificada por la entidad de gestión colectiva, ni someterse a una nueva mediación o a un nuevo arbitraje, por un plazo de tres años”, consignó el laudo arbitral al que tuvo acceso Pulso.

El mismo documento consignó que “respecto de las tarifas del año 2025, deberán liquidarse o reliquidarse, según el caso, en aplicación de la propuesta de Anatel con la tarifa base señalada para el primer año de vigencia (1,82%), todo ello según lo prescrito en el inciso décimo cuarto del artículo” .

Las costas del juicio arbitral serán de cargo de ChileActores.

En el proceso la Corporación de Actores de Chile (ChileActores) contó con la asesoría legal de Javier Velozo, Pablo Pardo e Isidora Arrieta. Mientras que Anatel estuvo representada por Ricardo Riesco y Valeria Cortez.

Diferencias

Según se lee en el fallo arbitral, para definir la tarifa de pago a los actores, Anatel propuso una metodología “ex post” basada en el uso real del repertorio. Su fórmula aplica una “tarifa base” sobre los ingresos publicitarios del canal, ajustados anualmente por el “ratio protegido” (que mide los minutos efectivamente exhibidos de contenido protegido y los pondera según el rating comercial de cada emisión).

En cambio, ChileActores planteó al tribunal arbitral una metodología “ex ante” a través de una “tarifa predeterminada” fija. Esta tarifa se calculó sobre la base de una “fotografía histórica” del uso de interpretaciones protegidas durante los años 2024 y 2025, aplicándose a la totalidad de los ingresos publicitarios de los canales, sin requerir una medición continua del uso minuto a minuto en el futuro.

En tanto, Anatel estableció una tarifa base única para todos los canales, con un incremento gradual durante los tres años de vigencia: 1,82% para el primer año, 1,86% para el segundo y 1,90% para el tercer año.

Por su parte, ChileActores pidió tarifas fijas y diferenciadas para cada canal, aplicando tramos decrecientes (descuentos por volumen de contenido protegido). Las tasas propuestas fueron: CHV (0,48%), Canal 13 (0,60%), Mega (0,95%), TVN (0,79%), La Red (1,28%), Telecanal (0,82%) y TV+ (0,37%). Según ChileActores, estas tarifas buscaban recaudar un promedio de 0,7% de los ingresos publicitarios totales de la industria.

Ante el tribunal arbitral Anatel expuso que durante la última década la industria de la televisión abierta ha experimentado una contracción estructural significativa, debido a que la inversión publicitaria se ha ido trasladando hacia otros medios distintos de la televisión abierta, como las plataformas digitales.

Dio como ejemplo que entre 2014 y 2025 la inversión publicitaria real en televisión abierta, expresada en valores de 2025, disminuyó en torno a un 41,2%, lo que refleja la magnitud del ajuste económico que ha enfrentado el sector. En ese contexto, Anatel afirmó que resulta especialmente importante que la remuneración por derechos conexos mantenga una relación proporcional con la realidad económica de la industria.

“Prueba diabólica”

Frente a este revés, ChileActores interpuso un recurso de queja en contra de los jueces árbitros, acusando faltas y abusos graves en la dictación del laudo. La corporación sostuvo que los sentenciadores excedieron su mandato al ignorar los criterios imperativos del artículo 100 ter de la Ley de Propiedad Intelectual, fallando en su lugar en base a un principio extralegal denominado “uso efectivo” del repertorio.

En su escrito, los representantes de la entidad cuestionaron que este parámetro no solo es ajeno a la normativa vigente, sino que el propio tribunal reconoció en el fallo que su medición exacta resulta prácticamente imposible y altamente costosa en la industria audiovisual, desvirtuando así la naturaleza eminentemente técnica de la disputa tarifaria.

“La propuesta de Anatel requiere un análisis pormenorizado del repertorio que no sólo es muy difícil y costoso de realizar (mucho más que lo que era la tarifa del convenio anterior), lo que genera litigiosidad, sino que además impone a Chileactores una verdadera prueba diabólica para el cobro judicial de las tarifas en el caso de que los canales de televisión abierta no den cumplimiento a su pago”, concluyó.

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