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El intenso despliegue de NotCo y Aproval por el cumplimiento del fallo de la Suprema

Tras el fallo que prohíbe a NotCo usar la vaca y referencias lácteas en su gráfica, el gremio Aproval exige el retiro inmediato de todos sus productos del mercado. Por su parte, NotCo rechaza la exigencia argumentando que la sentencia solo aplica hacia el futuro y que es físicamente imposible retirar el stock ya vendido a los supermercados.

20 Agosto 2022 NotMilk Notco Foto: Andres Perez Andres Perez

Lejos de sellar la paz, el fallo emitido por la Corte Suprema en mayo de 2026 abrió un nuevo capítulo en la batalla entre NotCo y la Asociación de Productores de Leche de La Región de Los Ríos (Aproval). La disputa comenzó el 16 de mayo de 2020.

Tras casi nueve meses de revisión, el máximo tribunal resolvió el 11 de mayo que la startup debe suprimir de sus envases su icónica vaca tarjada y toda alusión a la palabra “leche”.

Aunque la Suprema descartó las exigencias más duras de Aproval y confirmó la vigencia de la marca NotMilk, el gremio reanudó la ofensiva. A comienzos de junio, solicitaron al Juzgado de Valdivia imponer multas y apremios a la empresa, acusándola de incumplir la sentencia. La justicia, no obstante, rechazó esta nueva petición.

Ante dicha negativa Aproval insistió, acudió al 1º Juzgado Civil de Valdivia y pidió el cumplimiento incidental de la sentencia.

“En este proceso se está discutiendo si el fallo de la Corte Suprema se ha cumplido o cómo debe darse cumplimiento al mismo. NotCo presentará los antecedentes relativos al cumplimiento del fallo en la etapa que corresponde y el proceso seguirá su curso”, explican desde NotCo.

Se trata de un procedimiento judicial más abreviado que busca exigir que se acate y materialice lo dictaminado en la sentencia.

Frente a la ofensiva de Aproval, conocedores de la interna de la NotCo insisten en que ya están dando cumplimiento al fallo, habiendo retirado la alusión a la palabra “leche” de toda su propaganda y ordenado la confección de nuevos envases sin la vaca tarjada, los cuales se procesan y traen desde Brasil.

En sus últimos escritos ingresados al tribunal, Aproval denunció que NotCo busca evadir sus responsabilidades valiéndose de “justificaciones fútiles” para desconocer una decisión firme que le impone “el deber inmediato de retirar del comercio el producto ‘Not Milk’, desde que su circulación es contraria a derecho y perjudicial para los consumidores”.

Para la asociación gremial, el fallo dictamina claramente que la empresa debe hacer “cesar de manera inmediata” los actos de engaño, lo que supone ineludiblemente “retirar del mercado todos los envases que actualmente circulen y que contengan los elementos gráficos y/o signos referidos” que pertenecen privativamente a la industria lechera, como la expresión milk y la imagen de la vaca tarjada. De aceptarse la postura de NotCo, Aproval advierte que “lo resuelto por la Excma. Corte Suprema sería letra muerta”.

Frente a los argumentos de NotCo, que alega haber cumplido la sentencia eliminando ciertas publicaciones o publicando un extracto del fallo en la prensa, Aproval respondió que la demandada “no ha cumplido a cabalidad lo ordenado”. La defensa destacó que NotCo “reconoció expresamente en su escrito no tener la intención de retirar del mercado los productos que todavía contienen los elementos gráficos cuyo empleo fuera prohibido”, lo que demuestra por sí solo que “la prestación no ha sido satisfecha en términos íntegros y oportunos”.

Criticas

El gremio lechero refutó la alegada imposibilidad material de retirar los productos, señalando de forma categórica que “la prestación ordenada por la Excma. Corte Suprema no es ni física ni moralmente imposible”. La defensa subraya que “la aparente dificultad que esto pueda envolver, cabe ser enfático, no torna imposible la ejecución de la prestación; menos aún, exime a NotCo de su cumplimiento”. Cualquier costo o complicación logística asociada al rediseño y distribución de nuevos envases constituye un riesgo propio de la empresa y no una excusa para evadir el fallo.

Por su parte, la defensa de NotCo contraatacó argumentando que la exigencia de Aproval excede lo dictaminado por la justicia. La startup sostiene que el fallo de la Corte Suprema posee un límite material, ya que “mantuvo intactos los derechos marcarios de NotCo”, y un límite temporal, pues la prohibición de uso “solo produce efectos relativos y hacia el futuro”. Según la empresa, la sentencia en ninguna parte dispone “el retiro de productos del mercado, no ordena la destrucción de envases, ni impone la recolección de material distribuido”.

En este contexto, la compañía dio cuenta de la “imposibilidad absoluta de ejecución” para retirar el stock antiguo de los supermercados. NotCo argumentó que “los productos en cuestión se encuentran en el dominio y posesión de terceros ajenos a esta litis”, quienes los adquirieron de forma legítima antes del fallo. Por lo tanto, la empresa afirma que “carece de facultades -en el plano jurídico y material- para intervenir sobre dichos productos una vez transferidos”. A esto suman que el cumplimiento inmediato es inviable operativamente, ya que el rediseño de envases exige, entre otras cosas, tramitar una nueva “Autorización de Uso y Disposición ante la autoridad sanitaria”.

Dirimir posturas

José Luis Delgado, gerente general de Aproval señaló a Pulso que “resulta sorprendente que sea tan complejo hacer cumplir una sentencia que es súper clara y precisa. El tribunal ordenó que debían publicar el fallo y eliminar los símbolos y términos lácteos de sus redes sociales, lo cual hicieron. Sin embargo, también ordenó que no podían comercializar productos cuyos envases utilizaran el término ‘leche’, derivados o símbolos lácteos”.

“Lo más insólito es que el representante de esta compañía afirmó durante el juicio que la ‘vaca tarjada’ ya había sido eliminada del envase, lo cual es falso. Insisto: es cosa de ir a cualquier supermercado y ver un producto NotMilk para darse cuenta de que la vaca sigue ahí. ¿Qué fue lo que realmente hicieron durante el juicio? Sacaron a la vaca de la cara frontal, que es la que el consumidor ve primero, y la escondieron en la parte superior, al lado de la tapa, que es donde sigue estando”.

Para dirimir estas posturas, el 22 de julio de 2026, el Primer Juzgado Civil de Valdivia resolvió recibir el incidente a prueba, fijando como puntos a acreditar la “efectividad del cumplimiento de las obligaciones” y la existencia de antecedentes que demuestren una “imposibilidad absoluta para la ejecución actual”.

Para esta fase probatoria, ambas partes han desplegado una extensa lista de testigos con el fin de robustecer sus argumentos. Aproval presentó una nómina de 14 testigos, solicitando que sus testimonios sean tomados a través de exhortos en tribunales de Santiago y Pucón. En la vereda de enfrente, NotCo llamó a declarar a 13 testigos, incluyendo profesionales e ingenieros radicados en el extranjero, como en Argentina, Estados Unidos y Brasil,. Para ello, la empresa solicitó despachar exhortos internacionales a autoridades judiciales en las ciudades de San Francisco, Nueva York, Buenos Aires y Sao Paulo. Con estas declaraciones, la startup busca acreditar las complejas etapas de fabricación y logística requeridas para la importación y recambio de sus productos en el mercado chileno.

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