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Hija de empresario Juan Easton pierde demanda por millonaria herencia contra su madre y su hermano

Tribunal rechazó la demanda de Patricia Easton en contra de su familia ante la falta de peritajes psicológicos. Su defensa apeló, argumentando que los testimonios de cercanos bastan para probar el daño moral.

Juan Easton Manzi junto al Presidente Eduardo Frei Montalva en la inauguración de la Fábrica de Muebles Easton en 1969.

El 17 de diciembre de 2021, Patricia Easton, psicóloga y economista radicada en Berlín, presentó una demanda por indemnización de perjuicios en contra de su madre, Marta Hevia, su hermano Claudio Easton, y el abogado de la familia, Santiago Montt Vicuña.

En su acción legal, la hija del empresario Juan Easton -fallecido el 13 de julio de 2010- denunció haber sido víctima de un complejo entramado diseñado por los demandados para despojarla de su herencia. Según el relato de Patricia Easton, esta estrategia culminó con su expulsión de la empresa familiar, en medio de un trato que ella misma calificó como “violento y vejatorio”.

Tras más de cuatro años de litigio, el 4 de abril pasado el caso llegó a su resolución en primera instancia. La jueza Susana Rodríguez, titular del 25º Juzgado Civil de Santiago, decidió rechazar la demanda de indemnización, argumentando que no se logró probar uno de los requisitos legales indispensables para otorgarla: la acreditación técnica y científica del daño sufrido.

La magistrada concluyó que, si bien era innegable y completamente creíble el sufrimiento emocional de Patricia Easton, respaldado por testigos que relataron la angustia que le generó ser presionada constantemente para firmar documentos legales en un clima familiar y económico asfixiante, la ley exige un estándar probatorio mayor.

La jueza señaló que, en un conflicto tan intrincado, no basta con que los conocidos o familiares noten a la víctima afligida. Para que el tribunal pueda calcular y ordenar el pago de una indemnización económica por “daño moral”, es obligatoria una evaluación de un profesional de la salud mental (ya sea un psicólogo, psiquiatra o neurólogo) que aplique una metodología científica para medir, diagnosticar y graduar la gravedad de ese dolor.

El fallo cerró indicando que, aunque la defensa de Patricia llegó a solicitar formalmente el peritaje de un psicólogo durante el juicio, por razones no explicadas ese trámite quedó inconcluso y la audiencia de designación nunca se llevó a cabo. Al no existir este informe clínico experto, el tribunal se quedó sin las herramientas legales necesarias para avalar y conceder la compensación económica de $300 millones que se estaba exigiendo.

La sentencia de primera instancia no proporciona un monto específico para cuantificar la fortuna de la familia Easton, pero sí describe la existencia de un patrimonio empresarial considerable que generó un profundo conflicto familiar por su administración y control.

El fallo sostiene que la empresa familiar creció exponencialmente desde sus inicios y que la disputa hereditaria incluyó la adjudicación de derechos sociales distribuidos de manera desigual entre la madre y los hijos. Además, el texto alude a que Patricia Easton quedó como aval de “millonarias cantidades de dinero” al renegociar deudas.

Pionero

Juan Easton Manzi fue uno de los empresarios pioneros en el negocio del retail en Chile.

El primer outlet mall en Chile abrió sus puertas a mediados del año 2010. Se trató del Easton Outlet Mall, inaugurado por la familia Easton en el sector de Buenaventura, en la comuna de Quilicura.

Los negocios familiares tienen su origen en la década de 1950, operando inicialmente en el rubro industrial de la fabricación y comercialización de muebles.

Con los años, la compañía se amplió hacia el negocio inmobiliario, momento en el que pasó a denominarse “Easton Inmobiliaria Industrial Ltda”.

Actualmente, los principales activos que componen el patrimonio de la empresa corresponden a bienes raíces.

Dentro del desarrollo de estos activos inmobiliarios, destaca específicamente el levantamiento de su primer outlet en Temuco y, posteriormente, su expansión en Santiago.

Apelación

Tras el revés en primera instancia, Patricia Easton llevó su caso a la Corte de Apelaciones de Santiago.

Su defensa argumenta que el juez se equivocó al exigir un peritaje médico como requisito obligatorio.

“El daño moral no se prueba directamente en su cuantía”, destacó la apelación. Por el contrario, “el juez puede y debe deducir el perjuicio a partir de los testimonios y hechos ya probados durante el juicio”, manifestó.

Según el escrito, su marginación de la empresa familiar le provocó un trauma extremo. La apelación detalló que la demandante, de un día para otro, no solo perdió su trabajo y su futuro profesional, sino que sufrió un doloroso quiebre afectivo con su entorno.

“El sentenciador incurre en una contradicción lógica insalvable, ya que reconoce que las testigos son verosímiles y que dan cuenta de un menoscabo emocional en un contexto familiar complejo, pero niega la reparación por la mera ausencia de una pericia que acredite el daño”, concluyó el escrito patrocinado por el abogado Juan Pablo Hermosilla.

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