Por Leonardo Cárdenas“Opinión anticipada”: los detalles de la querella del controlador de Sartor en contra de la presidenta de la CMF
El presidente de Sartor, Pedro Pablo Larraín, interpuso una querella criminal en contra de la timonel de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), Solange Berstein, acusándola de emitir una "opinión anticipada" a las históricas multas aplicadas por el regulador a la AGF y a sus directores.

El presidente de Sartor, Pedro Pablo Larraín, cumplió su palabra. El pasado viernes presentó en el 7° Juzgado de Garantía de Santiago una querella criminal en contra de la presidenta de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), Solange Berstein, por el presunto delito de “emitir opinión en causa sometida a su conocimiento, previsto y sancionado en el artículo 28 de la Ley N° 21.000 que crea el organismo regulatorio”.
Pulso tuvo acceso a la acción penal de ocho páginas, patrocinada por los abogados Jaime Winter y Jorge Cabrera del estudio Winter Etcheberry. Este escrito aún no es público en la página del Poder Judicial, ya que no ha sido proveído por el tribunal. En el documento, la defensa del empresario sostiene que el 7 de mayo de este año, es decir, tres semanas después de la formulación de cargos presentada por el fiscal de la Unidad de Investigación de la CMF, Andrés Montes, en contra de Sartor AGF y sus ejecutivos, la querellada, Solange Berstein, en su calidad de presidenta de la CMF, concedió una entrevista al diario La Tercera.
En dicha entrevista, la autoridad se refirió a las supuestas infracciones que involucran a la empresa y sus ejecutivos, relacionadas con la Ley N° 20.712 sobre Administración de Fondos de Terceros y Carteras Individuales, la Ley N° 18.045 sobre el Mercado de Valores, la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas y la Ley N° 21.000, que establece la Comisión para el Mercado Financiero.
En ese contexto, ante la consulta sobre los reclamos de los aportantes de los fondos administrados por Sartor AGF en contra de la CMF -indica la querella-, expresó que: “La decisión de la CMF, de intervenir y de liquidar a Sartor, se tomó para proteger los dineros de los aportantes. Los fondos estaban siendo administrados de manera negligente y no en virtud de maximizar el interés de los inversionistas […] Esta es una situación complicada, nos encontramos con una AGF que estaba teniendo una gestión deficiente de los fondos".
Para el presidente de Sartor, “a la fecha de la entrevista, la querellada no solo tenía conocimiento que existía un proceso sancionatorio en curso, sino que conocía precisamente los hechos investigados y sus eventuales infracciones”.
Dado ello, según la querella, los dichos de la timonel de la CMF constituyen “una flagrante inobservancia de su obligación legal de no emitir declaraciones públicas relativas a materias cuya resolución se encuentra sometida al conocimiento del consejo, declaró que Sartor AGF administró sus fondos de manera «negligente y no en virtud de maximizar el interés de los inversionistas», para luego concluir públicamente que se trataba de una Administradora General de Fondos con «una gestión deficiente de los fondos»“.
La infracción que acusa
Así entonces, el escrito consigna que “las declaraciones de la querellada constituyen una opinión anticipada sobre los hechos que en su rol de presidenta de la CMF tendría que posteriormente conocer y juzgar”.
“En concreto, al igual que los cargos comunicados por el fiscal Andrés Montes, la querellada con sus dichos manifiesta que a su parecer Sartor AGF y sus ejecutivos infringieron las obligaciones establecidas en los artículos 17, 20 y siguientes de la Ley Única de Fondos”, se manifiesta en la acción penal.
El mismo escrito expone que mientras el consejo conocía del procedimiento sancionatorio en contra de Sartor AGF y sus directores, “la presidenta del órgano que está conociendo y que es llamado a resolver las presuntas infracciones investigadas, emite su opinión públicamente sobre una de las imputaciones sostenidas por el fiscal de la CMF, cuestión que constituye una clara infracción a la prohibición establecida en el artículo 28 de la Ley N° 21.000″.
“La anticipación de juicio realizada por la querellada cobra especial relevancia su señoría, considerando que el 18 de noviembre del año en curso el consejo decidió resolver, con el voto favorable de la querellada Solange Berstein —quien no se abstuvo de votar a pesar de haber emitido opinión previa—, aplicar la sanción de revocar la autorización de existencia a Sartor AGF, e imponer multas a los ejecutivos de la sociedad, que oscilan entre las 22.000 a las 80.000 UF, y siendo la más alta la impuesta a nuestra representado", plantea la defensa de Larraín.
En ese sentido, el libelo añade que las sanciones aplicadas no solamente tuvieron el voto favorable de la querellada, sino que además “contienen de manera expresa las infracciones que esta imputó públicamente mediante una entrevista en un diario de circulación nacional”.
“Es importante señalar que su evidente inhabilidad para conocer del procedimiento fue solicitada por escrito y luego en la respectiva audiencia de descargos, haciendo caso omiso de esta situación, lo que demuestra un actuar claramente doloso”, cierra la acción penal.
Consultada la defensa de Pedro Pablo Larraín al respecto, declinó efectuar comentarios hasta que la querella estuviera proveída por el tribunal. Tampoco en la CMF quisieron referirse al caso.
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