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Oreo vs Tritón: tribunal ordena a Nestlé cambiar publicidad de galleta “Tritón Intensa” en disputa con Mondelez

El reclamo de la empresa dueña de las clásicas galletas Oreo se produjo luego de que Nestlé Chile lanzara una nueva versión de las galletas Tritón: la Tritón Intensa. La defensa de Nestlé lamentó el fallo y dice que este desconoce la doctrina de Conar.

La disputa entre Tritón y Oreo. Imagen creada con IA.

El pasado 4 de diciembre, el Tribunal de Ética Publicitaria dictó el fallo que puso fin a una disputa entre Mondelez International y Nestlé Chile.

El caso comenzó el 24 de septiembre de 2025 cuando, la empresa dueña de las clásicas galletas Oreo -Mondelez- presentó un reclamo ante el Consejo de Autorregulación y Ética Publicitaria (Conar) en contra de Nestlé Chile por la publicidad de la nueva versión de las galletas Tritón: la Tritón Intensa.

Con un color más profundo y un sabor más intenso, el diseño del empaque de la nueva receta llevó a que Mondelez Chile e Intercontinental Great Brands presentaran un reclamo por vulnerar el Código Chileno de Ética Publicitaria (CChep) en su publicidad gráfica, incluyendo etiquetas, envases y producto.

En una primera instancia -el 23 de octubre de 2025- el Conar resolvió no acoger el reclamo a favor de las galletas Oreo. Luego de esta resolución, las compañías reclamantes presentaron un recurso de apelación en contra del dictamen ético del jurado de Conar.

En este nuevo fallo, el tribunal, por acuerdo del jurado que analizó la causa -compuesto por Enrique Aimone, Humberto Díaz, Jorge Jarpa, Paola Meneghini, Pablo Jaeger, Ignacio Astete y Pedro Orueta- le dio la razón al reclamante, marcando un revés para Nestlé y su galleta Tritón Intensa.

La disputa entre Tritón y Oreo

En su dictamen de dos páginas, el tribunal comparte seis puntos clave. En primer lugar, reconoce elementos característicos de los empaques de las galletas Oreo, como el color azul en degradé, el tipo de letras utilizado y el splash (de la leche) que se muestra junto a la imagen de las galletas. Todos estos componentes, el organismo afirma que “se ha demostrado que han sido utilizados durante un tiempo considerable, con inversión de recursos, y son reconocidos por el público”.

“En el caso de la combinación de la galleta y el splash, se reconoce un grado de originalidad que distingue a Oreo de otros productos, tanto en su diseño como en el concepto que se asocia a una forma de consumo de la marca y que la reclamante buscó incluso proteger a través de su registro como marca según se ha acreditado", agrega en un segundo punto.

Tritón vs Oreo

El fallo del Tribunal de Ética Publicitaria concluyó que “la publicidad cuestionada no debería ser difundida nuevamente”. El laudo cuenta con la firma del abogado Secretario Ejecutivo, Rodrigo Núñez Arenas.

Elementos distintivos

En relación al arribo de la Tritón Intensa al mercado, si bien el organismo reconoce el uso de elementos distintivos, como el de las letras amarillas, comparte que el diseño es “muy similar” al de las galletas Oreo -que además identifica como su competencia directa- por el uso en particular del splash junto a la galleta que promociona, en la parte trasera del empaque.

“Consta en el proceso que el splash había sido utilizado por Nestlé en otros productos, pero no en galletas del tipo sándwich oscuras y con crema blanca, ni con un diseño tan similar al de la competencia”, precisa el Tribunal.

Una vez analizados todos estos componentes, el Tribunal concluye que el uso de elementos “tan característicos de Oreo en la publicidad de la competencia”, constituye “una imitación o copia” en los términos contemplados en el artículo 6º del Código Chileno de Ética Publicitaria.

La disputa entre Tritón y Oreo.

Pese a esto, señala que se “comparte el criterio del jurado en el sentido que, pese a considerarse que ha habido copia y aprovechamiento de goodwill (activo intangible que representa el valor adicional de una empresa) respecto de un diseño específico de las galletas y el splash de leche, se estima poco probable que el consumidor pueda confundir un producto Oreo con un producto Tritón, pues ambas marcas gozan de popularidad y son distinguidas por el consumidor promedio”.

El fallo del tribunal revoca el dictamen apelado en lo que se refiere a la vulneración del artículo 5º y 6º del CChep, y también deja constancia de que los jurados Jaeger, Díaz y Aimone estimaron que en este caso “no se configura un aprovechamiento de un goodwill ajeno y por tanto estuvieron por no acoger la infracción al artículo 5º del CChep".

Descargos

Frente al revés, Nestlé Chile señaló que tomó conocimiento del fallo y “se encuentra analizando los antecedentes y las próximas acciones a seguir.

“Como compañía, reafirmamos nuestro compromiso con el cumplimiento de la normativa vigente y con los estándares de autorregulación publicitaria que rigen en Chile”.

Mónica Pérez, abogada de Carey que representó a Nestlé en el caso dice que “nos sorprende profundamente lo resuelto por el Tribunal de Ética Publicitaria (TEP), ya que se aparta y contradice tanto sus propias argumentaciones como lo establecido en el Código Chileno de Ética Publicitaria”.

Asimismo, señaló que el fallo “desconoce de manera injustificada la doctrina consolidada del Conar, que de forma constante ha sostenido que la publicidad debe evaluarse de manera global, conjunta y como un todo, atendiendo al efecto más probable en el público consumidor. El TEP, sin embargo, optó por un análisis parcial y limitado, en abierta contradicción con el razonamiento aplicado por el propio Conar en primera instancia”.

“La inconsistencia del pronunciamiento del TEP se vuelve aún más evidente al observar que, pese a calificar la publicidad como supuestamente infractora, reconoce simultáneamente que es poco probable que los consumidores experimenten confusión o engaño al comparar los envases de las galletas”, concluyó.

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