SMA formula seis cargos a Minera Candelaria y arriesga clausura del proyecto

La empresa tendrá un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento y de 15 días hábiles para formular sus descargos.


La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló seis cargos contra “Compañía Contractual Minera Candelaria”, titular del proyecto “Candelaria 2030 – Continuidad Operacional”, por infracciones a las disposiciones establecidas en su Resolución de Calificación Ambiental (RCA), además de incumplimientos asociados a normas de emisión para las descargas de residuos industriales líquidos realizadas por la desalinizadora de la misma empresa. Seis de los cargos fueron considerados graves, y tres leves.

Para la institución es prioritario fiscalizar los instrumentos que disminuyen los efectos ambientales generados por la actividad productiva y tomar acciones que le permitan a los regulados volver al cumplimiento ambiental. Además, es importante destacar que esta investigación incluyó una serie de denuncias ciudadanas que se habían presentado a la SMA, por lo que vinculamos las demandas de la Comunidad con las estrategias de intervención definidas por nuestra institución”, dijo el Superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal De La Maza, en un comunicado.

Asimismo indicó que es importante recordar que en diciembre de 2020 y en visita oficial a la región de Atacama se declaró esta Zona como Prioritaria dada la alta vulnerabilidad ambiental en la que se encuentra, producto de la intervención histórica realizada en dicha área.

Según el detalle del documento entregado por la SMA, hay tres cargos grave. Estos se refieren a la utilización de una cantidad de explosivos mayor a la autorizada en 136 eventos de tronadura. Además se superó en 5 ocasiones este mismo hecho, lo que implicaría un aumento en las emisiones atmosféricas generadas por la empresa, que pudo generar una situación de riesgo para la salud de los habitantes de la comuna de Tierra Amarilla.

Otro de los cargos graves que se formularon contra la compañía se asocia al incumplimiento de medidas de mitigación asociadas al recurso hídrico, en particular, a que la empresa no habría reducido el consumo de las aguas provenientes de la Planta de Tratamiento de Nueva Atacama en julio de 2018, por lo que 950 m3/día dejaron de ser utilizados para la recarga del acuífero del Río Copiapó, que corresponde a una zona de reconocida escasez hídrica.

Por otro lado, en cuanto a las 3 infracciones leves, éstas se formularon por utilizar puntos receptores distintos a los establecidos en RCA N°133/2015 para el monitoreo de vibraciones correspondiente al año 2020; construcción y operación de una piscina de emergencia o drenaje adicional, que superaba en un 26,2% respecto del total autorizado en su permiso ambiental; y por no reportar la frecuencia exigida en su Programa de Monitoreo, asociado al DS N°90/2000, durante julio a diciembre de 2018, enero a diciembre de 2019; y enero y junio de 2020.

Tras esta formulación de cargos, la compañía podría ser sancionada con una multa de hasta 18 mil Unidades Tributarias Mensuales (UTA), Revocación de su Resolución de Calificación Ambiental (RCA) o clausura del proyecto. Esto en medio de un contexto en que se está evaluado ambientalmente la “Optimización y Continuidad Operacional Minera Candelaria”, que busca la extensión de su vida útil hasta el 2040.

Tras la notificación de esta formulación de cargos, la empresa tendrá un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento y de 15 días hábiles para formular sus descargos.

Sin embargo, desde la compañía aseguraron que se encuentran analizando el contenido de la resolución a “fin de determinar los pasos a seguir”, y descartaron algún tipo de infracción medioambiental cometida.

“Minera Candelaria cumple de manera permanente con la legislación vigente, con las autorizaciones ambientales y sectoriales aplicables, y reitera su compromiso irrestricto con el desarrollo de una minería responsable”, señalaron a través de un comunicado.

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