TC declara inadmisible recurso de Brink’s y reanuda juicio por colusión que estaba suspendido

Foto. Agenciauno

Esto en el marco de la acusación realizada por la FNE en octubre de 2021 apuntando a las tres mayores empresas locales de transporte de valores -Brink’s, Prosegur y Loomis-, y contra seis de sus principales ejecutivos, por haberse coludido para fijar precios entre 2017 y 2018.


El Tribunal Constitucional declaró inadmisible, por unanimidad, el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por la empresa Brink’s. Así, queda sin efecto la suspensión del juicio por colusión que inició la Fiscalía Nacional Económica (FNE) en contra de dicha empresa, Prosegur, Loomis y de los ejecutivos implicados.

La FNE había solicitado dicha inadmisibilidad en febrero de este año. Y es que, en enero, Brink’s había acudido al TC exigiendo acceder al expediente de la investigación a fin de tener “igualdad de armas”.

“Mientras no tengamos acceso a esos antecedentes, no existirá debido proceso y existirá una cancha dispareja que beneficia indebidamente a la FNE, en contra de nuestras garantías constitucionales y de las buenas prácticas promovidas internacionalmente por la Ocde y otros organismos”, señaló el abogado de Brink’s, José Joaquín Ugarte, en ese entonces.

Todo en el marco de la acusación realizada por la FNE en octubre de 2021 apuntando a las tres mayores empresas locales de transporte de valores -Brink’s, Prosegur y Loomis-, y contra seis de sus principales ejecutivos, por haber celebrado y ejecutado un acuerdo para fijar precios entre 2017 y 2018.

La FNE en ese entonces pidió al TDLC que aplique a las empresas y ejecutivos sanciones a beneficio fiscal que totalizan 81.585 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a aproximadamente US$63,4 millones.

En particular, la multa solicitada para Brink’s corresponde a US$30,5 millones (39.325 UTA) y para Prosegur US$25,8 millones (33.253 UTA). En el caso de Loomis, el monto pedido por la FNE es de US$6,4 millones (8.314 UTA). De ratificarse, estas multas podrían ser las más altas para casos de colusión en el país.

Con todo, respecto a la solicitud de inadmisibilidad, el TC señaló que no es admisible porque carece de fundamento plausible.

De este modo, la Primera Sala del TC, que examinó el caso, señaló que “esta Magistratura estima que no existe fundamento plausible para declarar admisible el requerimiento, toda vez que no se presenta una exposición circunstanciada, razonada, ni delimitada, de la forma en que el precepto legal contraría la Constitución”.

Así, con su decisión, el TC confirma los argumentos expuestos por el Fiscal Nacional Económico, Ricardo Riesco, en la audiencia pública del 23 de febrero pasado, en relación a que el procedimiento contencioso seguido ante el TDLC contempla una serie de garantías que resguardan el debido proceso de todas las partes que en él intervienen y que, durante el juicio, Brink’s y todas las demás partes podrán efectuar todas las alegaciones que estimen pertinentes para intentar dar explicaciones a sus actos, acceder e impugnar la evidencia que recabó la FNE durante su investigación, y presentar toda la prueba que sustente su defensa.

Al solicitar la inadmisibilidad del recurso al TC, el Fiscal afirmó también que “este requerimiento no es más que una herramienta para dilatar la entrada de un juicio en el que se imputa a Brink’s junto a 8 personas jurídicas y naturales nada menos que haber estado involucrados en una colusión, que es, por lejos, la más grave de todas las infracciones a la libre competencia por su clandestinidad y por el perjuicio que causa a todos los consumidores nacionales”.

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El recurso de Brink’s perseguía además que se ordenara a la FNE exhibir el expediente de investigación antes que las partes contesten la acusación de colusión y condujo a la suspensión del procedimiento seguido ante el TDLC a partir del 14 de enero de 2022.

Al respecto el Fiscal explicó al TC que los requeridos tienen en su poder la totalidad de su propia prueba y que es incomprensible la “ceguera” aducida por quienes presentaron el recurso de inaplicabilidad.

Asimismo, dijo que el requerimiento detalla quiénes participaron en el acuerdo, su objeto y duración, además de la descripción del mercado afectado y el modus operandi.

El juicio

A la fecha, se encuentra pendiente la notificación de tres ejecutivos: Rui Sanches, encargado de Loomis para Portugal y Latinoamérica, quien reside en la península ibérica; Marco Malverde, exgerente general de Prosegur y actual ejecutivo en el extranjero del mismo grupo, quien abandonó el país durante la última etapa de la investigación; y Alberto Bálsamo, exgerente general de Brink’s, quien salió de Chile tras la presentación de la acción por parte de la FNE y que mantiene un vínculo contractual con la referida empresa.

Con esta decisión del Tribunal Constitucional, se reanudará el juicio ante el TDLC, así como las gestiones destinadas a notificar a los ejecutivos.

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