Por Ignacio BadalTribunal ambiental acoge en parte reclamo de Walmart contra multa de la SMA por su centro de distribución
En 2022, la Superintendencia de Medio Ambiente aplicó una multa en contra de la gigante minorista por faltas en la relocalización de fauna silvestre e incumplimientos en los horarios de tránsito de los camiones que trabajaban en las obras de construcción del centro El Peñón entre 2016 y 2018.

El Segundo Tribunal Ambiental de Santiago acogió un recurso de reclamación presentado por la gigante minorista Walmart, controladora de los supermercados Líder, en contra de una resolución de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) que le aplicó una multa de 378 UTA por cometer tres infracciones en contra de la normativa ambiental durante la construcción de su centro de distribución El Peñón, situado en la comuna de San Bernardo.
El edificio ubicado frente a la Autopista Central, que fue inugurado en junio de 2021, había recibido su licencia ambiental en diciembre de 2016. Pero a dos años de iniciadas las obras, fue denunciado varias veces por las autoridades comunales y vecinos por una serie de incumplimientos ambientales como el depósito irregular de material, incumplimiento en los horarios de tránsito de camiones, faltas en el control de emisiones y en la relocalización de fauna silvestre protegida.
Tras fiscalizaciones de la SMA y el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), en abril de 2021 la superintendencia formuló cargos en contra de Walmart por estos incumplimientos y en 2022 aplicó multas por 378 UTA (hoy equivalente a $315,4 millones). Pese a presentar un recurso de reposición ante la misma SMA, el órgano fiscalizador ratificó las sanciones en diciembre de 2024 dejando sin efecto algunas amonestaciones menores sobre el registro de horarios de sus vehículos.
En enero de 2025, Walmart presentó un recurso de reclamación ante el tribunal ambiental.
Después de un año de tramitación, la corte especializada resolvió acoger parcialmente reclamo de Walmart, ordenando que la SMA reduzca el monto de la sanción, pues eliminó el concepto de “cooperación eficaz” de la resolución.
“Se resuelve: acoger la reclamación interpuesta por Walmart Chile S.A. en contra de la Resolución Exenta Nº 2334/Rol D-103-2021, de 12 de abril de 2024, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que acogió parcialmente el recurso de reposición interpuesto en contra de la Resolución Exenta Nº 2073, de 25 de noviembre de 2022, mediante la cual la SMA sancionó a la reclamante con una multa total de 378 UTA, por la comisión de tres infracciones a la normativa ambiental”, dice la sentencia del 22 de diciembre.
Y además, “dejar sin efecto la resolución reclamada solo en aquello que dice relación con la configuración de la ‘cooperación eficaz’, debiendo ajustar el monto de la sanción definitiva, como consecuencia de la eliminación de dicha circunstancia de la determinación del monto de la multa”, añade.
Los otros reclamos de Walmart fueron desestimados.
De hecho, el tribunal concluyó que la multa por la relocalización de la fauna silvestre, que fue considerado “grave” por la SMA, “fue determinada sobre la base de antecedentes técnicos suficientemente fundados, (pues) la SMA evaluó de forma adecuada los antecedentes del expediente, descartó correctamente aquellos de carácter contradictorio y motivó razonadamente la configuración del hecho infraccional”.
Asimismo, en cuanto a la infracción por no entregar el registro de hora de ingreso y de salida a la obra de los camiones, “los cuestionamientos relativos a su tipificación fueron igualmente rechazados. Se estimó que la obligación de mantener registros de ingreso y salida de camiones era exigible por la SMA y su fiscalización no vulneraba principio alguno”.
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