Discutibles atribuciones presidenciales
La Moneda no ha explicado hasta aquí por qué el Mandatario requiere de la facultad de desplegar fuerzas militares en la frontera sin aprobación del Congreso, en circunstancias que ya cuenta con amplias atribuciones.

Durante una visita a la zona norte del país, el Presidente de la República anunció sorpresivamente el próximo envío de una reforma constitucional mediante la cual se busca entregar al jefe de Estado la facultad de desplegar a las Fuerzas Armadas en las fronteras, mediante un decreto supremo y por todo el tiempo que se estime pertinente. De acuerdo con lo que ha explicado el gobierno, esta reforma “busca incorporar nuevas herramientas para el Estado en el esfuerzo continuo y compartido de mejorar el control de nuestra frontera”.
Se trata ciertamente de una reforma de enorme magnitud, no solo por los sorpresivo de que una administración que en sus inicios fue particularmente renuente a la “militarización”, ahora promueva un cambio constitucional para reforzar la presencia de las propias Fuerzas Armadas, sino sobre todo porque además implica prescindir del control del Congreso, alterando la lógica de lo que ha sido el diseño institucional aplicado hasta ahora, donde el despliegue de militares en labores que no sean las típicas de su quehacer -lo que ocurre en situaciones excepcionales establecidas en la Constitución-, ha quedado sujeto al control parlamentario como una forma de ejercer contrapeso y fiscalización a potestades exclusivas del Presidente de la República, entre otras razones porque bajo estas situaciones excepcionales se pueden ver restringidas garantías aseguradas por la Constitución.
El Ejecutivo no ha entregado razones de peso que justifiquen prescindir del control parlamentario, sobre todo porque tanto el actual despliegue de tropas en la frontera norte, como la presencia militar en la Macrozona Sur -en virtud del estado de excepción que se ha prolongado de manera ininterrumpida por más de tres años- no han sido obstaculizados por el Congreso. Más allá de que La Moneda ha señalado que el proyecto de reforma contemplará un mecanismo de reportes periódicos a diputados y senadores, es claro que se cambia sustancialmente la actual institucionalidad, donde sobre todo para las prórrogas de estados de excepción o de protección de infraestructura crítica -esta última incluye el resguardo de las fronteras- el acuerdo del Congreso resulta ineludible, sin que hasta aquí se haya puesto en cuestión.
Tampoco queda claro por qué el Mandatario requiere de esta nueva facultad, en circunstancias de que el ordenamiento constitucional ya le entrega amplias facultades. Por de pronto, cuenta con la amplia atribución de disponer de las fuerzas de aire, mar y tierra, organizarlas y distribuirlas de acuerdo con las necesidades de la seguridad nacional. Además, expresamente se establecen cuatro estados de excepción constitucional, y desde 2024 puede por la vía de un decreto fundado disponer que las Fuerzas Armadas contribuyan a resguardar las fronteras. Desde luego es valioso que ahora no se cuestione el rol de las fuerzas de la defensa nacional, pero claramente estamos frente a una propuesta que, al menos de momento, no parece responder a ningún diseño institucional bien estructurado.
Resulta también evidente que la propuesta del Mandatario tiene efectos políticos, no solo porque dentro de su misma coalición hay voces que se oponen a esta idea, sino porque además introducen un cuña en la campaña presidencial. Es claro que esta reforma complica sobre todo a la candidata del oficialismo, porque insólitamente le da la razón a sectores de la actual oposición que hace tiempo vienen pidiendo un rol más activo de las Fuerzas Armadas.
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