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Segunda Sala salva a Deportes Melipilla y ratifica descenso de San Antonio Unido a Tercera División

El fallo estableció que Melipilla cumplió con la normativa vigente, mientras que el SAU fue sancionado por el pago extemporáneo del sueldo de un jugador.

Segunda Sala salva a Deportes Melipilla y ratifica descenso de San Antonio Unido a Tercera División. JONNATHAN OYARZUN/PHOTOSPORT

La Segunda Sala del Tribunal de Disciplina de la ANFP resolvió dos recursos de apelación vinculados a sanciones de pérdida de categoría en la Segunda División, presentados por Deportes Melipilla y San Antonio Unido.

En el caso de Melipilla, la Primera Sala había sancionado al club con la pérdida de la categoría. Sin embargo, en esta ocasión se revocó dicha sanción, al concluir que no se configuró un incumplimiento reglamentario sancionable. El fallo establece que “es un hecho pacífico y no controvertido que el Club Deportes Melipilla cumplió con su deber de reporte dentro de los primeros quince días del mes de noviembre, acompañando a la UCF los comprobantes que daban cuenta del pago íntegro de las obligaciones previsionales correspondientes”.

El tribunal sostuvo que, conforme a la normativa vigente a la época de los hechos, el estándar exigible en sede deportiva se centraba en la entrega oportuna de la información y los comprobantes de pago, dentro del plazo reglamentario de quince días corridos, y no en la fecha exacta del pago conforme a la legislación previsional general.

La Segunda Sala revoca el descenso de Melipilla. JORGE LOYOLA/PHOTOSPORT

La resolución añade que la modificación posterior del reglamento de la ANFP, que incorporó expresamente la exigencia de pagar las cotizaciones antes del día 13 de cada mes, “pone de manifiesto que, con anterioridad a su incorporación expresa, la normativa vigente (...) no contemplaba una exigencia reglamentaria inequívoca” en ese sentido. En consecuencia, la Segunda Sala concluyó que no existió una cuarta infracción y dejó sin efecto la sanción de pérdida de categoría impuesta a Deportes Melipilla.

Distinta fue la resolución adoptada en el caso del SAU. La Primera Sala había sancionado al club con la pérdida de la categoría por un conjunto de infracciones al artículo 71 del reglamento de la ANFP, considerando antecedentes de sanciones previas durante la temporada. La apelación fue conocida por la Segunda Sala, que revisó tres cargos formulados por la UCF. La no presentación de liquidaciones de sueldo de ciertos integrantes del cuerpo técnico, pago fuera de plazo de remuneraciones y pago extemporáneo de cotizaciones previsionales.

El tribunal confirmó que el primer cargo no se encontraba acreditado, desestimó el cargo relativo al pago de cotizaciones previsionales, al constatar que estas fueron enteradas el 14 de noviembre de 2025 e informadas dentro del plazo reglamentario de quince días. En este punto, la Segunda Sala reiteró su criterio de que, bajo la normativa vigente a octubre de 2025, no se configuraba infracción si el pago y su acreditación se efectuaban dentro de dicho plazo.

No obstante, el tribunal mantuvo la sanción de pérdida de categoría al considerar acreditado el pago fuera de plazo de la remuneración del jugador Mauricio Sepúlveda. Según se señala en la sentencia, el propio club reconoció que el sueldo correspondiente a octubre de 2025 fue pagado el 29 de noviembre, fuera del período estipulado contractualmente. La Segunda Sala confirmó la sentencia apelada y ratificó la pérdida de categoría de San Antonio Unido.

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