La última batalla del juez por la tuición de su hijo

Juez de Tribunal Oral en Lo Penal de Viña del Mar, Fernán Rioseco.

El magistrado presentó un escrito en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, cuestionando a la abogada integrante de la Corte Suprema, Leonor Etcheberry. A su juicio, ella debió haberse inhabilitado del caso.


Es una batalla de largo aliento y está recién comenzando. Al menos eso es lo que cree el juez del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, Fernán Rioseco Pinochet, quien mantiene un juicio en contra del Estado de Chile por la tutela de su hijo de cinco años y ahora vuelve a la carga. Esta vez el magistrado, que envió un escrito a la secretaria ejecutiva adjunta de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Marisol Blanchard, para complementar su denuncia que ahora apunta a la actuación de la abogada integrante de la Corte Suprema, Leonor Etcheberry Court. Esto debido a que -desde su perspectiva- ella debió inhabilitarse de fallar en su caso por los vínculos laborales y de amistad que mantenía con la abogada de la madre de su hijo.

Entre los argumentos, el magistrado asegura que la abogada Catalina Infante Correa, quien representaba a la madre del niño, tenía una estrecha relación académica con Etcheberry. Esta última, según la presentación del magistrado, participó del voto de mayoría (tres votos contra dos) que le dio la tuición a su excónyuge e incluso redactó el fallo con el que perdió la tuición de su hijo. “El Estado de Chile vulneró el derecho a ser oído por un juez imparcial y las garantías judiciales”, se lee en su presentación ante el CIDH.

La arremetida surge luego de que la propia entidad internacional solicitara nuevos antecedentes sobre el caso a Rioseco, quien en octubre de 2020 ya había advertido al Poder Judicial sobre esta situación, pero finalmente sus cuestionamientos fueros desestimados. Al ser una causa que se tramita en tribunales de familia, su contenido se mantiene bajo reserva. “Históricamente, la inmensa mayoría de los jueces nacionales, que avizoran que puede existir, siquiera potencialmente, un conflicto de interés que los haga poner en tela de juicio su imparcialidad objetiva (aunque no “se sientan” inhabilitados) ha optado, prudentemente, por declararse inhabilitados”, recalcó en su última presentación en la Corte Suprema.

El origen del conflicto data de 2018, cuando Rioseco inició un juicio por la tutela de su hijo. En esa oportunidad le fue bien y el Juzgado de Familia de Viña del Mar acogió su demanda. Posteriormente, la Corte de Apelaciones de Valparaíso confirmó el fallo, pero fue la Corte Suprema quien revirtió todo y determinó que el niño debía estar al cuidado de su madre. Con un voto de mayoría, tres votos a favor, incluido el de Etcheberry, y dos en contra, el magistrado perdió el juicio, fijándose, en su caso, un régimen de visitas cada 15 días.

Los vínculos cuestionados

En su presentación del 27 de mayo, Rioseco explicó a la CIDH que la abogada integrante del máximo tribunal mantiene un vínculo laboral académico en la Universidad Diego Portales (UDP) con quien fuera su contraparte en el juicio. En dicha casa de estudios Etcheberry fue directora del Departamento de Derecho Público en la misma época en que Infante Correa se desempeñaba en esta unidad como profesora. Por lo tanto, dijo que “existió entre las partes un vínculo laboral académico y de jerarquía que generó una relación de trabajo y coordinación permanente entre ambas”. Las dos abogadas se adjudicaron cursos en la Academia Judicial, en las que presentaron oferta conjunta e impartieron clases.

Existen diversas instancias en las que ellas se desempeñaron profesionalmente en el ejercicio de actividades académicas y publicaciones. Así, por ejemplo, impartieron conjuntamente, el año 2011, el diplomado “Derecho de Familia. Incluye litigación en tribunales de familia”, dictando ese curso juntas a través de la entidad privada Legal Publishing Training.

29 Abril 2019 Fachada Tribunales de Justicia, Corte suprema, Corte de apelaciones, Palacio de tribunales. Foto: Andres Perez

Por otra parte, también desarrollaron publicaciones en conjunto, como en el libro Estudios de Derecho Civil XIII. Ponencias presentadas en las XV Jornadas Nacionales de Derecho Civil, en el que Etcheberry oficia como editora e Infante como colaboradora. Asimismo, expusieron en seminarios en representación de la UDP, como por ejemplo, en las Terceras Jornadas Nacionales sobre Derecho de Familia, en junio de 2017.

Descargos

Leonor Etcheberry declinó efectuar comentarios sobre este artículo. Quien sí tuvo palabras fue Catalina Infante, quien respondió que no la une a ella ninguna relación de amistad en absoluto. “Nuestra relación siempre fue laboral y la sentencia es muy linda, porque es un fallo que demuestra que cuando ambos padres están capacitados para tener el cuidado personal de los niños, lo que tiene que jugar en favor de uno u otro es la capacidad del padre custodio de facilitarle al otro el contacto y aquí lo que se demuestra en todo el juicio es que el señor Rioseco ha sido mermar la autoestima e imagen de mi clienta”, acotó.

¿Debió inhabilitarse Etcheberry?

“No, en absoluto, porque no nos une absolutamente ningún vínculo. No hablo con ella desde que renuncié a la UDP en 2017. No hablo con ella. No sé de ella. No sé a qué se alude. Es sorprendente. En el fondo si los ministros y jueces tuvieran que inhabilitarse cada vez que un abogado de una de las partes es conocida por ella, estaríamos fritos, porque en el fondo, nos conocemos los abogados. El tema es que haya una relación con el cliente o una estrecha relación de amistad con el abogado. Ninguna de las dos cosas se da en este caso”.

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