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Condenados por DD.HH., violadores y homicidas: zoom a los casi 13 mil reos que se beneficiarían de la conmutación de penas

De acuerdo con registros recabados por este medio, entre posibles beneficiarios hay 365 personas condenadas por crímenes de lesa humanidad. Además, entre aquellos reclusos mayores de 70 años, hay 195 condenas por abusos sexuales, 143 condenas por violación, 40 condenas por homicidios y cinco por parricidio.

Punta Peuco

“Hoy es un día negro para la democracia“. Con esas palabras fue que el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Jaime Gajardo (PC), reaccionó a la aprobación en general en el Senado del proyecto del ley que regula la suspensión y el cumplimiento alternativo de penas privativas de libertad, y que beneficiaría a reos condenados por violaciones a derechos humanos en dictadura.

Se trata de una iniciativa que el gobierno ha rechazado con fuerza, y no sólo porque eventualemente habilitaría la liberación de aquellos delincuentes que cumplen condena en la excárcel Punta Peuco, sino porque también abre la puerta a que personas condenadas por violación de menores de edad, homicidio, parricidio, entre otros graves delitos, puedan salir de sus respectivos centros de reclusión.

El proyecto -patrocinado por los senadores Francisco Chahuán (RN), Luz Ebensperger (UDI), Luciano Cruz-Coke (Evópoli), Alejandro Kusanovic (Ind) y Carlos Kuschel (RN)- apunta a condenados que padezcan enfermedad terminal, menoscabo físico grave o que hayan cumplido determinada edad, por lo que no hace diferencia por el delito que hubiese cometido la persona.

De esta forma, de acuerdo con datos que pudo recabar este medio y que corresponden a registros de Gendarmería, el universo de potenciales beneficiarios es más que amplio. De hecho, alcanza los casi 13.000 condenados.

Según las cifras al 31 de diciembre de 2025, hay 824 personas mayores de 70 años privadas de libertad que están bajo la custodia de Gendarmería. De ellos, 738 se encuentran condenados, 698 son hombres y 40 son mujeres.

Conforme al desglose por los delitos por los que esas personas han sido condenadas, se establece que 365 son condenados por crímenes de lesa humanidad y 373 por delitos comunes, 18 de los cuales están cumpliendo cadena perpetua.

Entre aquellos sentenciados por delitos comunes, hay 195 condenas por abusos sexuales, 143 condenas por delitos de violación, 40 condenas por delitos de homicidios y cinco condenas por parricidio.

Personas en situación de discapacidad y crónicos

De acuerdo con registros de Gendarmería actualizados al 26 de septiembre de 2025, existen 1.984 personas privadas de libertad que presentan algún tipo de discapacidad (1.852 hombres y 132 mujeres).

  • 999 personas con discapacidad física
  • 482 con discapacidad sensorial visual
  • 182 con discapacidad mental psíquica
  • 114 con discapacidad auditiva
  • 52 con discapacidad mental intelectual
  • 155 con discapacidad no especificada

¿Por qué delitos cumplen condena? Según los mismos catastros, la mayor cifra se refiere a delitos de tortura, malos tratos, genocidio y lesa humanidad (6,9%), seguida por delitos sexuales (5,1%), delitos funcionarios (4,7%), homicidios (4,2%) y lesiones (4,1%).

Desde la institución penitenciaria, eso sí, dan cuenta de que aún no hay exactitud respecto del universo de personas beneficiadas en este ítem, ya que el proceso para catastrar a las personas con discapacidad privadas de libertad se encuentra aún en implementación.

Asimismo, han clarificado que si bien en sus registros estas personas están clasificados en situación de discapacidad, esto no implica que cuenten con la certificación de discapacidad otorgada por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin).

En cuanto a reos que padecen enfermedades crónicas, el Departamento de Salud de Gendarmería ha informado que, al 31 de agosto de 2025, un total de 10.102 personas privadas de libertad cuentan con algún padecimiento de este tipo.

Las razones del gobierno

Como plantearon el ministro Gajardo y la subsecretaria de Derechos Humanos, Daniela Quintanilla, durante las discusiones que se han dado en el Senado, la principal razón por lo que insisten en que este proyecto no debe ver la luz es porque no distingue tipo ni gravedad del delito, lo que genera, según han sostenido, “un mensaje social incompatible con los objetivos de persecución penal y protección de víctimas”.

Asimismo, las autoridades han recalcado que si bien las razones humanitarias constituyen criterios relevantes al analizar situaciones de privación de libertad, el derecho internacional de los derechos humanos no las contempla de manera aislada como fundamento suficiente para establecer excepciones al cumplimiento de penas privativas de libertad.

En el gobierno han sido enfáticos en plantear que la excarcelación automática por edad de personas condenadas por crímenes de lesa humanidad “vulnera el deber de investigar, sancionar y asegurar el cumplimiento efectivo de las penas” y que se afectan “los principios de verdad, justicia y reparación integral y abriendo una vía de impunidad incompatible con los estándares internacionales”.

En cuanto a potenciales beneficiados por delitos comunes, además, el Ejecutivo subraya que una excarcelación basada en criterios amplios y poco exigentes puede implicar “una renuncia del Estado a su deber de garantizar la seguridad pública y el derecho de las personas a vivir en un entorno libre de violencia”.

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