Corte de Apelaciones declara admisible recurso de protección a 171 condenados por vulneración de DD.HH. durante la dictadura

Referencial. Punta Peuco. AGENCIAUNO

El abogado Raúl Meza, quien representa a algunos reos del penal Punta Peuco, dijo que se hará parte del recurso para solicitar que los internos adultos mayores con enfermedades crónicas y terminales tengan un cumplimiento de sus condenas en régimen domiciliario.


La Corte de Apelaciones de Santiago declaró admisible el recurso de protección interpuesto en favor de los 171 internos condenados por causas de Derechos Humanos durante la dictadura; y en contra de Gendarmería de Chile por la vulneración del derecho a la vida y a la integridad psíquica y física de dichos internos.

El abogado Raúl Meza, quien representa a algunos internos del penal Punta Peuco, señaló a través de un comunicado que se trata de “un recurso de protección inédito y sin precedentes judiciales, presentado por primera vez por un fiscal judicial de la Corte Suprema en favor de condenados por causas de Derechos Humanos durante el régimen militar”.

De acuerdo a lo explicado por Meza, la resolución judicial ordena a Gendarmería y al Ministerio de Justicia a evacuar en el término de cinco días conjuntamente con sus informes, todos los antecedentes que existan en su poder sobre el asunto que ha motivado el recurso.

Al mismo tiempo, el abogado apuntó que se hará parte del recurso de protección para apoyar la postura del fiscal judicial de la Corte Suprema y solicitar al organismo que los internos adultos mayores con enfermedades crónicas y terminales tengan un cumplimiento de sus condenas en régimen domiciliario.

Presidenta de Comisión de Derechos Humanos lanza críticas

Contactada por La Tercera, la diputada Lorena Fries (CS), presidenta de la Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios de la Cámara Baja, abordó la determinación del tribunal de alzada capitalino.

“Cada cierto tiempo vemos que se inician acciones para otorgar beneficios para personas que están condenadas por crímenes de lesa humanidad en Punta Peuco, puedan sustituir sus penas por arresto domiciliario permanente o bien, que puedan morir en sus casas”, sostuvo.

En esa línea, Fries apuntó que “el problema de esto es que los crímenes de lesa humanidad lamentablemente para algunos no son equivalentes a cualquier crimen. Aquí el Estado con una política terrorista persiguió y aniquiló personas, y por eso están cumpliendo pena”.

“Lamento una vez más que presionen con este tipo de situaciones, cuando no han hecho nada por sanar las heridas de este país, entregando información o incluso arrepintiéndose públicamente de sus hechos, cosa que ninguno ha hecho”, cerró.

Corte de Apelaciones declara admisible recurso de protección a 171 condenados por vulneración de DD.HH. durante la dictadura. En la fotografía, Lorena Fries.

Comenta

Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.