EE.UU. insiste en que la causa de Cardoen no está prescrita

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Empresario Carlos Cardoen ha testificado en dos ocasiones ante el máximo tribunal. Foto: La Tercera/Archivo

Respondieron a informe de la Corte Suprema, que desestimó los cargos imputados.


Los abogados chilenos contratados por Estados Unidos, Alfredo Etcheberry y René García, respondieron al informe elaborado por la Fiscalía Judicial de la Corte Suprema, que desestimó los ocho cargos imputados por Washington y recomendó al ministro que instruye el proceso, Carlos Aránguiz, rechazar la solicitud de extradición de Carlos Cardoen.

En la respuesta de EE.UU. al escrito elaborado por la fiscal del máximo tribunal, Lya Cabello, se parte rebatiendo su análisis sobre la prescripción de los eventuales delitos al afirmar que "conforme al derecho chileno, los hechos imputados al requerido se entienden prescritos con creces, cualquiera sea la forma en que se los califique".

La respuesta de EE.UU. dice que en este caso aplica la suspensión de la prescripción ya que "la referida exigencia para suspender la prescripción está, desde luego, plenamente satisfecha desde que el 26 de mayo de 1993 un Gran Jurado Federal presentó la acusación ante la Corte del Distrito Sur de Florida".

El texto de Etcheberry y García agrega que el informe de la fiscal Cabello incurre en "errores". Y citan el fallo de la Corte Suprema sobre la extradición del expresidente de Perú Alberto Fujimori para argumentar que sí se cumplen los requisitos para extraditar: "La exigencia de que, para la suspensión de la prescripción de la acción penal se requeriría un procedimiento de investigación iniciado en Chile (...) contradice fallos explícitos de nuestros tribunales superiores", como el de Fujimori.

Sin embargo, fuentes de la causa aseguran que EE.UU. malinterpretó el razonamiento de la fiscal judicial.

El informe también se dedica a fundamentar por qué el zirconio que exportaba Cardoen sí es un explosivo. Para ello, entre otros argumentos se cita lo que declaró el empresario cuando dijo que ese metal, utilizado como submunición, "produce una energía calórica ascendente". Desde esa perspectiva, plantea EE.UU., "dado que el zirconio estaba comprendido por el artículo 2° de la Ley de Control de Armas, su exportación irregular estaba sancionada".

Desde la defensa de Cardoen están preparando una respuesta en apoyo al informe de la Fiscalía Judicial. La abogada del empresario, Joanna Heskia, explicó que "estamos trabajando para defender el informe fiscal que fue muy completo, exhaustivo y completamente correcto al concluir que no debe concederse la extradición porque no se cumplen los requisitos".

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