Por Juan Pablo AndrewsMonsalve presenta amparo para acceder a la bitácora que demostraría que el sumario en su contra es ilegal
El médico que está a punto de enfrentar un juicio por abuso sexual y violación, recurrió al Consejo para la Transparencia luego de que la Subsecretaría del Interior rechazara entregar documentos clave de la investigación administrativa. Monsalve dice que ese proceso se abrió horas después de su renuncia y que luego la fecha fue alterada.

No solo en materia penal el exsubsecretario Manuel Monsalve se encuentra bajo investigación. En junio de 2025, la Contraloría levantó siete cargos contra Monsalve, entre los que están la conducta impropia, atentado contra la dignidad de una subalterna, no informar oportunamente, liberación de escolta policial, mal uso de la Ley de Inteligencia y dos por hostigamiento a la denunciante.
Es en este frente donde la exautoridad inició una pelea contra la cartera que dirigió entre 2022 y 2024 hasta que tuvo que salir producto de la investigación penal en su contra por dos delitos sexuales, uno de violación y otro de abuso.
Pero la defensa del exsubsecretario sobre este punto es que dicha investigación administrativa es ilegal. En abril de este año, el exsubsecretario ofició a la Subsecretaría del Interior con la finalidad de obtener información respecto a la indagatoria administrativa que se inició luego de que explotara la denuncia en su contra. En su solicitud se pedía un documento que avale lo que alega: que el sumario se inició cuando él ya había renunciado.
En ese oficio, asimismo, acompañó documentos que acreditarían que el sistema interno fue alterado para que el sumario pudiera calzar antes de su salida del cargo y así hacerlo legal.
Bajo este escenario, además pidió que la subsecretaría remitiera estos antecedentes al Ministerio Público para que se iniciara una investigación por los delitos de falsificación de instrumento público y prevaricación administrativa.
Pero la respuesta del subsecretario del Interior, Máximo Pavez (UDI), no fue fructífera para Monsalve. Pavez le señaló que los sumarios son secretos y que esta es materia de Contraloría. No conforme con esta respuesta, Monsalve decidió continuar su batalla y acudió a otra instancia.
Amparo de información
En la respuesta de la Subsecretaría del Interior -que fue firmada por el jefe de División Jurídica José Uzal- se señala lo siguiente: “La información requerida se trata de antecedentes previos a la adopción de una resolución, medida o política, sin perjuicio que los fundamentos de aquellas sean públicos una vez que sean adoptados”. En definitiva, se afirma que el acto se encuentra en curso.
En ese mismo escrito, que tiene fecha de 15 de mayo, se explica que el solicitante tiene 15 días para interponer un recurso de amparo de información en el Consejo para la Transparencia. Esa fue justamente lo que hizo Monsalve, en un documento ingresado el 25 de ese mes.
En ese escrito Monsalve dice que la Subsecretaría confunde dos resoluciones, la de la resolución exenta N° 5418 que fue la que instruyó el procedimiento disciplinario y la del eventual acto terminado. Lo que busca Monsalve es la trazabilidad del mismo.
Así las cosas, lo que pide en ese amparo es ordenar a la Subsecretaría del Interior la entrega íntegra de la información solicitada relativa a la trazabilidad de la Resolución Exenta N° 5418, de 16 de octubre de 2024, “comprendiendo al menos la fecha y hora de creación del documento en SIGE, con identificación del usuario o funcionario que efectuó el ingreso”.
La pelea de Monsalve radica en que hay un registro que avala su planteamiento. Es en el Sistema de Gestión Documental (SIGE) donde se observa la creación de la resolución 5.418 con fecha 17 de octubre de 2024 a las 20.10, varias horas después de que había cesado en su cargo. La total tramitación ocurrió el 18 de octubre a las 8.51, se lee en ese sistema, según lo revisado por este medio. Sin embargo, en el documento escrito estamparon como fecha el 16 de octubre de 2024.
“Al momento de suscribirse el decreto, no existía sumario administrativo válidamente instruido en mi contra”, dice Monsalve en el oficio que envió a la Subsecretaría del Interior.
Monsalve acompañó la declaración de la exministra del Interior Carolina Tohá en la Comisión Investigadora de la Cámara de Diputados, donde señaló lo siguiente: “El 16 (de octubre de 2024) es el día cuando yo instruyo que se haga un sumario. Los procedimientos administrativos se producen en los días siguientes. Finalmente, el sumario queda decretado el viernes (18 de octubre), y el 23 es el día en que le pedimos a la Contraloría hacerse cargo de llevarlo”.
Desde el entorno de Monsalve alegan que el médico ni siquiera fue notificado oportunamente para diseñar una defensa. La primera vez que se enteró, dicen las mismas fuentes, fue cuando un funcionario de Contraloría llegó hasta Capitán Yáber a tomarle declaración en marzo de 2025.
¿Es ilegal?
Las responsabilidades de los funcionarios públicos están reguladas en el estatuto administrativo. En ese cuerpo legal, el artículo 157 establece cuándo se extingue la responsabilidad de dichos funcionarios: por muerte, por cese de funciones, por cumplimento de la sanción o por prescripción de la acción disciplinaria. Es justamente la segunda letra en la que se ampara el reclamo de Monsalve.
El abogado experto en derecho administrativo Mauricio Bascur explica esta situación. “La responsabilidad administrativa, es decir, la que se puede establecer por parte del Estado por un hecho, efectivamente, cesa cuando la persona cesa en el cargo”.
Eso sí, pone un matiz: “Ahora, esto lamentablemente se interpreta también bajo lo que establece el artículo 147 del mismo texto legal, que dice que cuando un funcionario público renuncia a un cargo y se encuentra en tramitación un sumario administrativo, la administración deberá continuar con su tramitación y anotar en la hoja de vida que está en la Contraloría, la resolución final del sumario administrativo tramitado”.
“Si renunció y cesó las funciones y si se inicia el sumario, lo que va a pasar es que la responsabilidad administrativa va a estar extinguida. Es decir, no es ilegal que se investigue, porque el hecho ocurrió y es real que ocurrió y la administración necesita investigar para saber qué ocurrió. Pero el efecto va a ser que no va a poder aplicar una medida disciplinaria a los involucrados porque esta se encuentra extinta”, señala Bascur.
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