
100 años del Tricel

Nuestra democracia constitucional está basada en instituciones. Hoy es difícil imaginar que la calificación o las controversias de nuestros procesos electorales no sean resueltas de manera técnica, imparcial y autoritativa por un Tribunal Calificador de Elecciones (TRICEL). Pero no siempre fue así.
Según la Constitución de 1833, cada cámara calificaba las elecciones de sus miembros y conocía las reclamaciones. Asimismo, el Congreso Pleno hacía el escrutinio, rectificaba y calificaba la elección del Presidente. Se trataba de un modelo que, aunque buscaba respetar la soberanía e independencia del Congreso, estaba guiado por criterios políticos. Y la mayoría de turno resolvía.
Hubo perfeccionamientos en el camino: se creó la Comisión Revisora de Poderes, que, integrada por mayoría judicial, jugaba un rol de asesoría técnica a las cámaras en esta materia. Y hubo pasos en falso, como la creación de un Tribunal de Honor para la controversial elección presidencial de 1920 entre Alessandri y Barros Borgoño. Si bien dicho tribunal concedió el triunfo al “León” por un voto, aún su triunfo es objeto de controversia historiográfica.
Así, cuando se discutió la Constitución de 1925, liderada por el propio Alessandri, la creación del TRICEL resultó inevitable.
La Constitución de 1980 lo mantuvo, ampliando su competencia, e insertándolo en un sofisticado ecosistema institucional, compuesto por la Justicia Electoral y el Servicio Electoral (SERVEL), que nos prestigia a nivel internacional. El TRICEL está integrado por cuatro ministros de la Corte Suprema, y por un expresidente o vicepresidente de alguna de las cámaras del Congreso.
Hoy, más allá de las controversias coyunturales (sentencias Jadue y Rincón), el TRICEL se encuentra en un proceso de consolidar una “cultura del precedente”, siguiendo sus sentencias pasadas, dando certeza a la política y a la ciudadanía acerca de las reglas del juego. Esto no es poco para una democracia que se precie de tal, especialmente en tiempos de erosión democrática y democracias iliberales.
Por José Francisco García, profesor de Derecho Constitucional UC.
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