¿Existen riesgos de concesionar el borde costero en Chile?

Costanera-5-OK


Se discute en ámbitos académicos, ciudadanos, políticos y se pone en duda. Se trata del concepto de "borde Costero" que adoptó la Política Nacional de Uso del Borde Costero de 1994, como elemento de gestión. ¿Pero es el más adecuado para promover una gestión integrada de áreas costeras y capaz de incorporar las medidas adaptativas frente al cambio climático? Esto reviste especial interés ya que hoy se discute en la Comisión de Medio Ambiente del Senado la "Ley de Borde Costero y Concesiones Marítimas" (segundo trámite).

Existen objeciones fundadas a que se permita concesionar la costa, mientras no resuelva aspectos medulares que hoy ponen en riesgo la vida de las personas y la protección de ecosistemas costeros de gran valoración natural y cultural. Esto debido a presiones antrópicas, en especial de inmobiliarias y actividades industriales en toda la "zona costera". Se suma la ocupación irregular de campamentos y tomas extendida en la costa, provocando transformaciones socio-territoriales y aumentando la degradación por falta de gestión adecuada.

¿Qué es entonces el borde costero que se pretende concesionar? Aquella franja del territorio que comprende los terrenos de playa fiscales situados en el litoral: playa, bahías, golfos, estrechos y canales interiores, y mar territorial de la República, que se encuentran sujetos al control, fiscalización y supervigilancia del Ministerio de Defensa Nacional, específicamente, de la Subsecretaría de Marina.

En la práctica, el deslinde se realiza considerando la línea de playa (hasta donde llegan las olas en las más altas mareas). Cuando la línea de playa se encuentra en predios fiscales, se incluye una faja de terreno de propiedad del Fisco de hasta 80 metros de ancho. Por lo tanto, el "borde costero" no tiene un ancho mayor a 200 metros, lo cual deja fuera de protección a los humedales costeros, campos dunares, especialmente la duna bordera que estabiliza la playa y, la protege del oleaje de tormentas, erosión y riesgos tan extremos como los tsunamis.

Se entiende por qué es inviable creer que a través de la zonificación del "borde Costero", es decir de esta pequeña franja, se logrará "el proceso de ordenamiento y planificación de los espacios que conforman el borde costero del litoral, que tiene por objeto definir el territorio y establecer sus múltiples usos expresados en usos preferentes" (Reglamento de Concesiones Marítimas, Armada de Chile, 2006). Esto genera dificultades para ser articulada a instrumentos de planificación territorial, haciendo que Chile en pleno siglo XXI y frente a los grandes desafíos de la emergencia climática, no cuente con una figura legal de protección para su costa, sino solo para su borde. Y que, además, se discuta su posible concesión a terceros.

En este sentido, reemplazar este concepto por el "zona costera" es más efectivo, tratándose de un abordaje científico y no una mala interpretación jurídica de un sistema natural que no presenta fronteras administrativas y que urge sea reconocida en todas sus interacciones. Es decir, las que tiene con las cuencas hidrográficas, sus fuentes sedimentarias, con el ecotono (zona de transición entre dos ecosistemas diferentes), que genera y sus componentes marinos, anfibios y terrestres.

La costa no es una franja o un borde sino una zona de anchura variable, que es única en cada región del país, y que debe ser reconocida en su origen y evolución. La permanencia de ecosistemas marino-costeros y dependen de ese reconocimiento, como también el aumentar o no los riesgos a la población aledaña. El paso siguiente es asignar usos acordes a su funcionamiento y asegurar un desarrollo sostenible.

Dado que el país se encuentra en un proceso de modernización institucional y normativa como el caso de la Política Nacional de Desarrollo Urbano (PNDU) y los Planes Regionales de Ordenamiento Territorial (PROT), parece oportuno definir formas de articulación efectiva con los instrumentos de planificación territorial, superando las limitaciones que involucra operar bajo el concepto de "borde costero".

Chile necesita con urgencia una Ley de Costas y que se transparente que la Ley de Borde Costero y Concesiones Marítimas, que poco se discute en el parlamento, requiere ser revisada antes de liberar sin mayores restricciones los recursos marino-costeros al modelo económico extractivista que ha imperado en el país por décadas. Este modelo está llevando a nuestra costa a una condición crítica de cambio lo que aumenta peligrosamente el riesgo de desastre.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.