Parcelación y ordenamiento territorial



SEÑOR DIRECTOR:

El oficio del Ministerio de Agricultura y la circular del SAG que instruye criterios que restringen el proceso de subdivisión de predios rústicos, apuntan a regularizar un extendido desorden generado por la proliferación de loteos de parcelas de 5.000 metros cuadrados, que acogiéndose al DFL 3.516 vulneran el espíritu de la ley que exige que sean subdivisiones para uso agrícola.

El asunto es complejo: se trata de un claro caso donde el Estado debe regular, porque dejando libres a las fuerzas del mercado se genera especulación inmobiliaria y un desarrollo territorial inorgánico que presiona al mismo Estado por acceso a servicios básicos propios de áreas habitadas. Por su parte, una regulación en la materia tiene implicancias en la libertad de las personas, en el derecho de propiedad y sus limitaciones, en el resguardo del suelo, en el ordenamiento territorial, en el cuidado de la naturaleza y en muchas otras materias.

Precisamente por esta complejidad es que en lugar de asumir unilateralmente la vía administrativa, la autoridad debe generar los espacios necesarios de discusión con los parlamentarios, con los alcaldes rurales y con la sociedad civil en general, para abordar el problema sin precipitaciones mediáticas que crispan los ánimos, dificultan el entendimiento y alejan la posibilidad de una solución óptima.

Juan de Dios Valdivieso

IdeaPaís

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