Recurso de protección y activismo judicial



SEÑOR DIRECTOR:

La semana pasada se llevó a cabo un seminario en Icare sobre la intervención de las cortes en políticas públicas. Con matices y diferencias entre ellos, expositores como Hernán Corral, Pedro Pierry y el ministro Luis Cordero, entre otros, coincidieron en que el fenómeno que a veces se denomina “activismo judicial” o “gobierno de los jueces” encuentra como principal herramienta el recurso de protección.

En las últimas décadas, la protección ha sido un arma fundamental en la defensa de los derechos de las personas frente a la administración del Estado, pero, también, el camino por el cual los jueces han intervenido en políticas públicas, invadiendo atribuciones legislativas y estableciendo mecanismos de control de constitucionalidad alternativos a los del Tribunal Constitucional.

El Consejo Constitucional debe hacerse parte del problema. Las reglas que restringen el efecto de las sentencias o que les prohíben intervenir en políticas públicas no solucionan el problema, porque pueden ser fácilmente burladas. El desafío es pensar en una solución sistémica que reconduzca los problemas de políticas públicas al foro político, y regule y delimite con mayor detalle la admisibilidad y los efectos de la protección, evitando que siga desbordando su naturaleza cautelar.

José Miguel Aldunate H.

Director de Estudios del Observatorio Judicial

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