Una indemnización necesaria

Trabajadores Pyme


El gobierno ha anunciado una modificación al sistema de indemnización por años de servicio (IAS) del Código del Trabajo. A nuestro juicio, atendido los propósitos que tiene este sistema, se trata de una indemnización necesaria, más allá de posibles perfeccionamientos.

El anuncio mismo no ha estado exento de equívocos: en tres meses, ya son tres las ocasiones en que el Ministerio del Trabajo primero ha anunciado, y a los pocos días ha descartado, la idea de legislar al respecto. Esa confusión ciertamente no aporta a un serio debate.

En Chile existe un sistema de despido "causado", es decir, se establecen causales por las cuales se pone término a una relación laboral, las que en algunos casos dan derecho a IAS. Esa indemnización es equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio en la empresa, con un tope de 11 meses.

Para algunos, la IAS es un grave factor de rigidez, que impide la movilidad de los trabajadores y atenta contra la productividad. Sostienen que se debe transitar hacia un sistema de prestaciones a todo evento, para lo cual se debe utilizar el actual sistema de seguro de cesantía.

Para otros, la IAS constituye un importante derecho de los trabajadores. La IAS cumpliría con un doble propósito: por una parte, un propósito de protección social, entregándole al trabajador una suma de dinero que ayuda a sustituir los ingresos perdidos a raíz del despido; y, por otra parte, un propósito de desincentivo al despido arbitrario, haciendo que el empleador lo piense dos veces antes de recurrir al despido inmediato del trabajador, como primera opción ante cualquier evento.

En nuestra opinión, la propuesta del gobierno -que hasta ahora solo ha explicado a través de la prensa- rebaja los beneficios de protección social, a la vez que omite el propósito de desincentivo al despido. Aunque no lo señala explícitamente, la propuesta implicaría abandonar el sistema de despido causado de nuestra actual legislación y pasar a un sistema de desahucio completamente libre para el empleador.

El primer argumento que generalmente entrega el gobierno se refiere a la movilidad laboral. Dado que, hoy, la causal de renuncia no es motivo de IAS, aquello inhibiría a los trabajadores de renunciar a su trabajo, en caso de recibir una mejor oferta laboral. La respuesta, sin embargo, es bastante más sencilla: si es el solo tema de movilidad laboral lo que preocupa, bastaría una simple reforma legal que extendiera la actual IAS a la causal de renuncia.

El segundo argumento que se entrega se refiere al propósito de protección social. Según el gobierno, la IAS tiene baja cobertura: menos de 1/5 de los trabajadores terminaría cobrándola. Es por ello que se debiera, según el gobierno, transitar hacia un esquema a todo evento, pero a la vez rebajar los actuales parámetros de protección, de un mes por año a medio mes por año, de manera de facilitar su cumplimiento.

Lo cierto es que en el cálculo preciso de la actual cobertura de la IAS se hace difícil pesquisar aquellos otros finiquitos o transacciones que contienen el pago de una indemnización convencional. Pero, además, la rebaja de beneficios no aparece enteramente explicada, por lo que muchos ven esta propuesta -especialmente la CUT y el mundo sindical- como un simple abaratamiento del despido.

En síntesis, el gobierno aún no explicita claramente cuáles son sus intenciones. De lo que se sabe, está omitiendo un propósito importante y rebajando otro relevante. Se podrá analizar perfeccionamientos al sistema, pero para eso se requiere mucho mayor análisis y diálogo del que hasta ahora se ha mostrado.

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