Por Javiera ArriazaCon tres votos a favor y dos abstenciones: comisión de AC contra ministro Ulloa aprueba su admisibilidad
Se decidió que la diputada Alejandra Placencia, quien presidia la instancia, será la encargada de leer el informe ante la Sala de la Cámara Baja.

La comisión revisora de la acusación constitucional en contra del ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Antonio Ulloa Márquez, aprobó la acción por tres votos a favor y dos abstenciones.
La decisión fue ejecutada tras cinco sesiones, en donde recalcaron la inasistencia de ciertos invitados para que entregaran antecedentes como el presidente de la Corte Suprema, Ricardo Blanco, y del fiscal nacional, Ángel Valencia, como también de asociaciones vinculadas al Poder Judicial.
Antes de realizar la votación, los diputados tuvieron 10 minutos cada uno para referirse al tema y entregar sus argumentos. Gustavo Benavente (UDI y Hotuiti Teao (Ind/UDI) se abstuvieron. Por su parte, José Carlos Meza (Republicano), Frank Sauerbaum (RN) y la presidenta de la instancia, Alejandra Placencia (PC), votaron a favor.
El libelo fue ingresado y firmado por Daniel Manouchehri (PS), Daniella Cicardini (PS), Camila Musante (ind.-PPD), Boris Barrera (PC), Eric Aedo (DC), Javiera Morales (FA), Cosme Mellado (PR), Marcos Ilabaca (PS) y Luis Malla (PL).
El documento se divide en tres capítulos, los parlamentarios acusan al juez del tribunal de alzada de “notable abandono de deberes”, por traspasar al abogado Luis Hermosilla información sobre acuerdos y votaciones de las cortes, además de intervenir en nombramientos judiciales y no inhabilitarse en causas en las que tenía cercanía con los intervinientes.
Las intervenciones
El primero en exponer su punto, fue el diputado Gustavo Benavente, quién expresó que “hay evidencia de algunas conductas impropias de un juez en el cual habría anticipado resoluciones, también habría emitido comentarios descalificatorios hacia colegas y solicitado apoyo a ciertas personas influyentes en procesos de nombramiento judicial”.
Sin embargo, apuntó que “yo haciendo una revisión bastante exhaustiva, encontré que no existen antecedentes que demuestren algún hecho que implique corrupción cohecho. No hay prueba de que el Ministro Ulloa haya recibido beneficios ni de que sus vínculos personales hayan alterado decisiones judiciales”. Tras eso señaló que se abstendría de la votación.
Planteamiento parecido sostuvo el diputado Teao -también se abstuvo-, quien señaló que “la acusación contra el ministro Ulloa se sustenta en diversos hechos que podrían configurar tales hipótesis de influencia, hechos que los acusadores buscan acreditar por medio de reportajes periodísticos que habrían expuesto públicamente los chats que mantuvo con el señor Hermosilla. No existe instrumento público o acta u otro documento físico que haya sido acompañado durante la tramitación de esta acusación y que constituya plena prueba de hechos que se imputan al ministro Ulloa”.
Por otra parte, el parlamentario Meza, indicó que “al menos por mi parte he llegado a la convicción de que las comunicaciones y las minutos remitidas por el ministro Ulloa a terceros, configuran una vulneración del deber de reserva y del deber de prioridad que afecta, creo yo de modo grave a la confianza pública y la administración de justicia”, justo antes de votar a favor.
También el diputado RN, Frank Sauerbaum, aprobó el libelo y expresó que “no me gustan las intenciones de los acusadores ni el tono irrespetuoso a otros poderes del Estado, como también lo he dicho, pero ello no implica que la imputación esté incorrecta y que en base a otras causales y a otros mecanismos constitucionales se dé lugar a la acusación para que el Senado resuelva en definitiva”.
Finalmente, la presidenta de la instancia, Alejandra Placencia, votó a favor, dando la aprobación de admisibilidad de la AC y señaló que “durante las sesiones, funcionarios judiciales y periodistas coincidieron en algo fundamental, estos hechos dañan la legitimidad del sistema de justicia. No son simples fallas éticas, sino infracciones que quiebran la independencia interna del poder judicial, generando la percepción y la práctica de una justicia desigual, influida por redes informales de poder”.
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