Por Cristóbal Palacios“Llama la atención que no haya negado los hechos”: abogados constitucionalistas abren comisión revisora de AC contra juez Simpertigue
Esta jornada se realizó la primera sesión de la instancia encabezada por la diputada Maite Orsini, la cual contó con la participación de los profesores de derecho constitucional Francisco Zúñiga y Javier Couso.

Esta jornada comenzó a sesionar la comisión revisora de la Cámara de Diputados que debe analizar la acusación constitucional (AC) presentada contra el juez de la Corte Suprema Diego Simpertigue, a quien un grupo de parlamentarios oficialistas le imputan haber incurrido en la causal de “notable abandono de deberes”.
En el libelo, los diputados socialistas Daniel Manouchehri y Daniella Cicardini plantean la responsabilidad del magistrado en tres capítulos acusatorios.
El primero apunta a su presunta responsabilidad por haber faltado de manera notable al deber de probidad, abstención, e imparcialidad en el litigio entre Codelco y Belaz Movitec, donde falló al favor del consorcio chileno-bielorruso. Esto, en momentos en que el pasado 14 de noviembre, el Pleno de la Corte Suprema abrió un sumario contra Simpertigue ante cuestionamientos por sus vínculos con los abogados imputados en la llamada “trama bielorrusa”.
En tanto, el segundo capítulo plantea la responsabilidad del ministro en presuntamente haber faltado de manera notable al deber de probidad por supuestos conflictos de interés en nombramientos notariales. Esto, ya que, entre 2023 y 2024, cuando se desempeñaba como ministro visitador de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Simpertigue habría supervisado a las autoridades que designaron a César Maturana -esposo de la hija de su pareja- como notario interino de la sexta notaría de esa comuna.
Finalmente, el tercer capítulo responsabiliza al juez de haber infringido de manera notable el deber de abstención, imparcialidad y probidad en el caso Fundamenta.

Sesión de la comisión
Para la primera de tres sesiones programadas de la comisión revisora -liderada por la diputada Maite Orsini-, este lunes los profesores de derecho constitucional, Francisco Zúñiga y Javier Couso entregaron sus impresiones respecto de los fundamentos de la AC contra el magistrado Simpertigue.
Y mientras Zúñiga se limitó a hacer una definición legal de las causas invocadas por los parlamentarios acusadores, el abogado Javier Couso, doctor en Derecho y profesor de la Universidad Diego Portales, indicó que de probarse las acusaciones del libelo, se conformaría, a su juicio, el notable abandono de deberes, por lo que la AC tendría sustento legal.
En el caso de la “trama bielorrusa”, el libelo señala que Simpertigue viajó en un crucero con los abogados Eduardo Lagos y Mario Vargas, justo después de fallar como juez la causa en que ambos representaban al consorcio bielorruso Belaz Movitec (CMB).
Al referirse a las acusaciones específicas del libelo contra el “supremo”, Couso indicó: “”Los diputados acusadores, en el primer capítulo del libelo, señalan que el juez Simpertigue habría vulnerado el deber de imparcialidad por haber planificado y ejecutado dos cruceros con uno de los abogados de las dos causas en que tuvo participación como juez. De corroborarse esto, se habría transgedido a mi juico, gravemente y notablemente, el deber de imparcialidad, independencia y probidad por parte del juez".
Fue más allá y consideró que “llama la atención que el ministro Simpertigue no haya negado la existencia de un crucero -a dos días de haberse enterado del pago, por parte de la parte perdedora, del caso que él había fallado- con el abogado de la parte que habría prevalecido en ese juicio, básicamente circunscribiéndose a señalar que él había pagado el pasaje o los pasajes, como si eso aminorara el notable abandono del deber de imparcialidad de socializar de esa forma con el abogado de una de las partes”.
Finalmente, consultado si, a su parecer, agrava el hecho que el juez Simpertigue haya redactado el fallo de la “trama bielorrusa”, Couso sostuvo que “el hecho de redactar o no el fallo es, a mi juicio, irrelevante si se acredita la estrecha familiaridad de un juez que participó en la deliberación y en el voto de la resolución final, de la sentencia”.
Respecto del segundo capítulo acusatorio, el abogado constitucionalista señaló que “también llama la atención que no haya negado este hecho”.
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