Pleno de la Convención aprueba Sistema Nacional de Salud de carácter “universal, público e integrado”

Respecto de la existencia y del funcionamiento de las isapres, el inciso que permite los seguros privados voluntarios -que no pueden sustituir o duplicar el rol del Estado-, volvió a la comisión para una nueva revisión.


Esta noche, durante la sesión del pleno de la Convención Constitucional que vota el el segundo informe de la Comisión de Derechos Fundamentales se aprobaron 7 de los 12 incisos del Artículo 14, que consagra el derecho a la Salud, pasando al borrador de la Nueva Carta Magna que el sistema de salud será “de carácter universal, público e integrado”.

De esta forma, fue aprobado el texto que indica que “toda persona tiene derecho a la salud y bienestar integral, incluyendo su dimensión física y mental”, destacando, en este sentido, que el Estado deberá proveer las condiciones necesarias para alcanzar el más alto nivel posible de la salud.

Asimismo, se establece que el Sistema Nacional de Salud -cuya base será la atención primaria- será “de carácter universal, público e integrado”, el que “se regirá por los principios de equidad, solidaridad, interculturalidad, pertinencia territorial, desconcentración, eficacia, calidad, oportunidad, enfoque de género, progresividad y no discriminación”.

Este sistema “será financiado a través de las rentas generales de la nación”. De manera adicional, se podrá establecer por ley el cobro obligatorio de cotizaciones a empleadores y trabajadores “con el solo objeto de aportar solidariamente al financiamiento de este sistema”. Se agrega que se determinará por ley el órgano público encargado de la administración del conjunto de los fondos del sistema.

Respecto de la existencia y del funcionamiento de las isapres, el inciso que permite la existencia de seguros privados voluntarios -que no pueden sustituir o duplicar el rol del Estado-, volvió a la comisión para ser revisado.

También tendrá una revisión el inciso que establece que “los prestadores privados integrados al Sistema Nacional de Salud no podrán perseguir fines de lucro. La ley establecerá los requisitos y procedimientos para su integración y funcionamiento”.

Otro de los incisos aprobados fue el que contempla que es deber del Estado generar políticas y programas de salud mental destinados a la atención y prevención, con enfoque comunitario, y que este aumentará de manera progresiva su financiamiento.

Asimismo, la norma aprobada indica que corresponderá de forma exclusiva al Estado la función de “rectoría” del sistema de salud, función que incluye la regulación, supervisión y fiscalización de las instituciones públicas y privadas del país.

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