Corte de Apelaciones confirma cancelación del registro de corredora Magnus Agentes de Valores
De este modo el tribunal ratificó la resolución de la Comisión para el Mercados Financiero (CMF) que en marzo canceló la inscripción de la sociedad del registro de corredores de bolsa y agentes de valores.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la resolución de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) que canceló la inscripción de la sociedad Magnus Agentes de Valores S.A. del registro de corredores de bolsa y agentes de valores.
En fallo unánime la Cuarta Sala del tribunal –integrada por los ministros Guillermo de la Barra, Juan Manuel Escobar y la abogada (i) Paola Herrera– rechazó el reclamo de ilegalidad presentado por Magnus en contra del órgano fiscalizador.
"Que, en cuanto a legalidad del procedimiento sancionatorio conducido por la CMF, cabe señalar que la medida de cancelación de registro adoptada por la reclamada mediante Resolución Exenta N°1083, no obedece a un procedimiento administrativo sancionatorio, sino que corresponde a una medida correctiva establecida en la Ley de Mercado de Valores, que procede cuando concurren los supuestos por ella regulados, como ha ocurrido en estos autos", establece el fallo.
La resolución agrega que "en consecuencia, resultaba aplicable en la especie el artículo 36 letra d) de la Ley de Mercado de Valores, N° 18.045, que establece que la inscripción de un corredor de bolsa o de un agente de valores podrá ser cancelada o suspendida hasta por el plazo máximo de un año, cuando la Superintendencia mediante resolución fundada y previa audiencia del afectado así lo determine. En todo caso, la referida cancelación, o suspensión sólo procederá por haber incurrido el corredor o agente en algunas de las siguientes causales: Dejar de desempeñar la función de corredor o agente activo por más de un año'".
De este modo el fallo establece que "en estas condiciones, queda claro que la Resolución Exenta N°1.083, de 27 de marzo de 2018, que canceló la inscripción de la reclamante en el Registro de Corredores de Bolsa y Agentes de Valores de la CMF; y Resolución Exenta N°1.566, de 26 de abril de 2018, que rechazó la reposición deducida en contra de la anterior, fueron dictadas por la autoridad recurrida, consta de motivación y fundamento legal".
En su resolución de marzo de 2018 la CMF determinó, tras realizar una auditoría, que entre los meses de mayo de 2012 y enero de 2016 se constató que no había informado la realización de operaciones en dicho periodo y que no habría efectuado operaciones propias de su objeto, esto es la intermediación de valores y, por tanto, no habría desempeñado la función de agente activo por más de un año.
A ello se suma que entre enero de 2016 y octubre de 2017 Magnus no había realizado operaciones propias de su giro. Es decir, actuar como intermediarios de valores entre un comprador y un vendedor, por lo que estaba facultada para sacarla del listado oficial.
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