Por Matías VeraEnergía oficializa decreto que devuelve cobros excesivos en las cuentas de luz: Tarifas rigen a partir de este miércoles
La devolución corresponde al error metodológico ocurrido a mediados de octubre pasado. Comunas como Ñuñoa, Macul y Maipú, tendrán una baja en sus cuentas de la luz en 0,25%.

El Diario Oficial publicó el decreto del Ministerio de Energía que fija los cargos de Precio Nudo Promedio (PNP) para la primera mitad de este año. El proceso remedia los sobrecostos que se generaron por el error metodológico de la Comisión Nacional de Energía (CNE) a mediados de octubre pasado.
Ese error de cálculo trajo consecuencias políticas al gobierno de Gabriel Boric. Al pasar los días se confirmó la salida del entonces ministro de Energía, Diego Pardow y del secretario ejecutivo de la CNE, Marco Mancilla.
Las bajas en las cuentas de la luz varían por comuna. Por ejemplo, en la comuna de Santiago, en la Región Metropolitana, se verá una disminución de 0,25%. En Maipú, Ñuñoa, Macul, Las Condes, Lo Barnechea, Providencia y Pudahuel, entre otras, se percibirá una baja similar de 0,25%, según los cálculos del académico Usach, Humberto Verdejo. La comuna de Buin presentará una mayor baja de 3,6%; Puente Alto y San Bernardo 3,2%. Verdejo dice que la baja de las cuentas deberían reflejarse a partir de este miércoles.
El jueves pasado la Contraloría General de la República (CGR) visó el proceso de la cartera energética, aunque con alcances. El organismo indicó que las correcciones “se efectúan solo respecto de la inconsistencia metodológica producida en el período que media entre la entrada en vigor del decreto N° 7T, de 2024, y hasta la vigencia del decreto N° 14T, de 2025, ambos del Ministerio de Energía -que fijaron los precios nudo promedios respectivos-, de modo que no comprenden aquellas diferencias que se hubieren generado con anterioridad a esa data".
Además, “considerando que la referida inconsistencia metodológica, según detalla el indicado informe, se refiere a la aplicación de ‘la variación del IPC (Índice de precios al consumidor) y, conjuntamente, el empleo de la tasa de interés corriente para operaciones no reajustables en moneda nacional’, corresponde ajustar la resolución exenta N° 379, de 2023, de la Comisión Nacional de Energía, por cuanto replica dicha inconsistencia".
La devolución que se concreta ahora con el decreto no tiene relación con el error de cálculo que reportó la empresa de transmisión, Transelec. Aquello fue por otro carril y estos cargos ya están aplicados".
COMENTARIOS
Para comentar este artículo debes ser suscriptor.
Lo Último
Lo más leído
1.
3.
4.
Plan digital + LT Beneficios por 3 meses
Comienza el año bien informado y con beneficios para ti ⭐️$3.990/mes SUSCRÍBETE

















