FNE inicia investigación por la adquisición de control de activos de Nissan por parte de Astara
El retail automotriz Astara había notificado en diciembre del año pasado la adquisición de control de activos de Nissan para asumir la representación de la japonesa tanto en Chile como en Perú.

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) inició una investigación por la adquisición de activos de Nissan Chile por parte del grupo Astara Mobility.
Segúin la resolución firmada por el jefe de la División de Fusiones de la FNE, Aníbal Palma, el 30 de diciembre de 2025 las partes ingresaron un escrito a la Fiscalía comunicando la operación de concentración, que consiste en términos sencillos en la “eventual adquisición de control de activos de Nissan por parte de Astara”
En Chile, Astara representa las marcas de Bentley, Ferrari, Maserati, Chery, EXEED, Mitsubishi Motors, KGM, JMC y GAC. Además, en Chile participa en el negocio de distribución directa y suma 13 sucursales donde ofrece venta de autos, servicio técnico y repuestos.
La unidad chilena de la española es controlada por Astara Latam, empresa cuyo dueño hasta fines de 2024 era la sociedad española Astara Mobility, S.A., con un 60%, y el grupo chileno Sigdo Koppers, que vendió su 40% en 180 millones de euros. En paralelo, a la matriz de Astara ingresó el empresario chileno Eduardo Elberg, con el 17,6%.
Antes de ser Astara, era SKBergé, pero mucho antes de eso, eran dos retail distintos. En 2000, Sigdo Koppers, de Chile, y Bergé Automoción, de España, decidieron fusionarse. Luego de 24 años de relación, Astara puso fin a su alianza con el grupo local Sigdo Koppers luego de que este vendiera el 40% de Astara Latam en 180 millones de euros (US$196 millones) al grupo Astara.
Respecto a la investigación de la Fiscalía, en base a lo establecido en el decreto de ley número 211, la FNE está facultada para iniciar investigaciones cuando se dé cuenta de una “operación de concentración”, que en este caso es “consistente en la eventual adquisición de control de activos de Nissan”.
Se define como operación de concentración toda fusión que implique la adquisición directa o indirecta de derechos que permitan “influir decisivamente en la administración de otro agente económico”, según lo establecido en el artículo 47 del decreto.
Como está dentro de las labores de la entidad fiscalizadora, siempre debe iniciar una investigación cuando se notifique una fusión que pueda tratarse de una operación de control.
COMENTARIOS
Para comentar este artículo debes ser suscriptor.
Lo Último
Lo más leído
Plan digital + LT Beneficios por 3 meses
Comienza el año bien informado y con beneficios para ti ⭐️$3.990/mes SUSCRÍBETE













