Por Leonardo CárdenasLa venta de Construmart llega a tribunales: accionista minoritario acusa “infracciones legales”
Un ex ejecutivo de Sodimac y Home Depot, y accionista minoritario de Construmart, presentó una medida prejudicial para solicitar una serie de documentos a fin de preparar una demanda de indemnización de perjuicios. En un escrito ingresado al tribunal, Felipe Baraona, representado por el abogado Jorge Baraona González, calificó la medida prejudicial como una “solicitud genérica”,

A mediados de diciembre, ante el 30° Juzgado Civil de Santiago, Inversiones Liquidambar SpA, sociedad del ingeniero civil industrial de la PUC, Julio Campos Arceu, accionista minoritario de Construmart y ex ejecutivo de Sodimac y Home Depot, presentó una medida prejudicial en la que cuestionó la venta de la cadena de ferreterías a la empresa china Oriental Yuhong.
Según el escrito, al que tuvo acceso Pulso, la sociedad solicita varios documentos para preparar una futura demanda contra el expresidente de Construmart, Felipe Baraona Undurraga, representante de Inversiones RTB SpA y brazo derecho del empresario Gabriel Ruíz-Tagle. Entre los documentos solicitados, se encuentran todas las comunicaciones enviadas o recibidas entre el 26 de noviembre de 2024 y el 29 de abril de 2025, en su calidad de presidente y miembro del directorio de Construmart, donde Yuhong haya mostrado interés en reanudar las negociaciones para la compra de Construmart.
En el mismo documento, el accionista minoritario señaló: “Las acciones que se tomarán en contra de Felipe Baraona son por las infracciones legales cometidas por él como presidente y miembro del directorio de Construmart hasta, al menos, el 29 de abril de 2025. Entre esas acciones, está una demanda por indemnización de perjuicios”, indicó el documento.
La medida prejudicial es patrocinada por los abogados Jorge Bofill, Sebastián Yanine y Alberto Eguiguren.
Inversiones Liquidambar SpA explicó que es inversionista en un fondo de inversión privado llamado Fondo de Inversión Privado Hammer (FIP Hammer). Este fondo, que cuenta con varios aportantes, fue creado con el propósito de ser el accionista mayoritario de Construmart, empresa que actualmente posee más de treinta sucursales a lo largo del país.
El caso es que, según la futura demandante, el fondo en cuestión era administrado por Finasset, y esta debía debía velar por la adecuada administración del Fondo.
Entre los aportantes del Fondo se encontraba Inversiones RTB, representada legalmente por Felipe Baraona, quien, a su vez, era presidente y miembro del directorio de Construmart y “tenía un deber fiduciario respecto de los accionistas de la Sociedad, esto es, FIP Hammer y sus aportantes”. En otros Baraona tenía dos funciones o calidades que, “podían generar un conflicto de interés, en la medida que los intereses de Inversiones RTB y los de FIP Hammer y sus aportantes no estuvieran alineados”.

En un escrito ingresado al tribunal, Felipe Baraona, representado por el abogado Jorge Baraona González, calificó la medida prejudicial como una “solicitud genérica”, pues a su parecer, Los documentos cuya exhibición se pretende deben designarse en forma específica. “El solicitante pretende obtener la exhibición de documentos pertenecientes a sociedades no emplazadas, y que no son futuras demandadas”, acotó.
En un escrito ingresado al tribunal, Felipe Baraona, representado por el abogado Jorge Baraona González, calificó la medida prejudicial como una “solicitud genérica”, pues a su parecer, Los documentos cuya exhibición se pretende deben designarse en forma específica. “El solicitante pretende obtener la exhibición de documentos pertenecientes a sociedades no emplazadas, y que no son futuras demandadas”, acotó.
“Presentamos una reposición al tribunal para que deje sin efecto lo que ordenó exhibir. El principal argumento es que La sociedad Liquidambar vinculada a Julio Campos, no está facultada para solicitar se exhiban tales documentos. Entre otras razones, porque la sociedad no es accionista de Construmart SA sino que era aportante de Hammer que era el único accionista”, señaló el abogado.
“Es importante dejar en claro que la venta de Construmart fue aprobada por todos los aportantes de Hammer, incluidas todas las sociedades de Julio Campos, y el mismo”, cerró.
Septiembre
Después del rechazo de una oferta inicial por parte de Oriental Yuhong, Inversiones RTB, una empresa vinculada al empresario Gabriel Ruiz-Tagle, presentó una nueva oferta en noviembre de 2024 para adquirir el 100% de las acciones de Construmart, por un valor de $84.000 millones.
Esta oferta fue aprobada por los aportantes del fondo en una Asamblea Extraordinaria celebrada a finales de diciembre de 2024. Los términos de la compra incluían una condición suspensiva: la autorización del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia. También se estableció que el pago se realizaría en abril de 2025, a menos que se modificara la fecha si no se cumplían las condiciones previas.
Sin embargo, “Baraona, en su posición de presidente del directorio de Construmart, tenía el deber de informar a los accionistas de la Sociedad, al menos hasta la celebración del contrato de compraventa entre su representada y el Fondo, sobre cualquier manifestación de interés por terceros, sobre todo si ella conllevaba una valorización de Construmart que fuera superior a la efectuada por Inversiones RTB”, acotó la medida prejudicial.
En abril de 2025, la Fiscalía Nacional Económica recomendó la aprobación de la compra por parte de Inversiones RTB, pero el fondo distribuyó los recursos de la venta a finales de abril.
El 29 de abril de 2025, Finasett informó que el Fondo distribuiría “un monto total de $79.580.782.105, correspondiente a la venta total de acciones de Construmart S.A. que mantenía en cartera”. El mismo día, la empresa confirmó, el pago de $3.625.420.917.
“Hasta el 29 de abril de 2025 no existía razón alguna para poner en duda el éxito de la venta de las acciones de Construmart, ni tampoco se advertía irregularidad en dicha operación. No obstante, apenas dos meses después surgieron serias alertas a raíz de la rápida enajenación anunciada por Inversiones RTB, del 100% de dichas acciones a la empresa china Oriental Yuhong, la misma que, durante el segundo semestre de 2024, había presentado una oferta para adquirir una parte de las acciones de la sociedad, las que finalmente fueron transferidas a uno de los Aportantes del Fondo”, añadió.
“Según fue informado por la prensa, el día 17 de julio de 2024, esto es, alrededor de dos meses después de la operación que hizo a Inversiones RTB propietaria del 100% de las acciones de Construmart, se anunció que la empresa Oriental Yuhong adquiriría la empresa por la suma aproximada de US$ 123.000.000. Es decir, la empresa de Ruiz-Tagle vendió entre 30% y 40% más caro de lo que pagó al Fondo”.
“Felipe Baraona, como presidente de la firma de materiales para la construcción, negoció directamente con Oriental Yuhong. Considerando la conducta ilegítima desplegada por Gabriel Ruiz-Tagle en otras operaciones de su interés y la omisión de respuesta a nuestra solicitud de entrega de información de 9 de septiembre de 2025, no resulta improbable que éste hubiese instruido a Baraona para ocultar la oferta presentada por la empresa asiática, a fin de concretar previamente la adquisición de las acciones de Construmart por parte de Inversiones RTB, y posteriormente enajenarlas directamente a Oriental Yuhong, obteniendo así el mayor rédito económico posible en detrimento de los demás accionistas”, concluyó.
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