Operación Renta 2026: SII incluirá nuevas declaraciones juradas para criptoactivos y leasing
El Servicio de Impuestos Internos informó que el proceso de presentación de las Declaraciones Juradas correspondientes a 2026 crea 5 nuevos trámites de este tipo.

El proceso de Operación Renta 2026 se acerca. Y por lo mismo para eficientar el proceso que comienza en abril, el Servicio de Impuestos Internos (SII) comenzará a publicar desde el 14 de febrero las nuevas declaraciones juradas que permiten una mayor facilitación en el proceso de declaración, especialmente para los contadores y asesores tributarios.
“El SII pondrá a su disposición, con el tiempo necesario, toda la información respecto de las validaciones más relevantes que aplica la institución para verificar si las declaraciones juradas cuentan o no con inconsistencias y, de esta forma, evitar que resulten observadas”, explicó la directora (S) del SII, Carolina Saravia.
Por ejemplo, especifican que “los contadores y asesores tributarios contarán con información sobre el origen de las observaciones más frecuentes registradas en la presentación de las declaraciones juradas más masivas de Renta: la 1879, sobre honorarios; la 1887, sobre remuneraciones; la 1943, sobre Renta Presunta; la 1947, del régimen Pro Pyme Transparente; y la 1948, que corresponde al Régimen Pro Pyme General”.
Carolina Saravia agregó que “el objetivo central de la entrega oportuna de esta información apunta a que la presentación de las Declaraciones Juradas de Renta, que son tan relevantes para la construcción de las propuestas de declaración que ofrecemos, sea un proceso mucho más fluido y con menos observaciones para los contadores y asesores tributarios, y de esta forma, evitar que los contribuyentes enfrenten mayores inconvenientes durante la declaración de Renta”.

Las nuevas declaraciones juradas
El proceso de presentación de las Declaraciones Juradas correspondientes a 2026 crea 5 nuevas relacionadas con criptoactivos, bienes entregados en leasing operativo o financiero, fondos de inversión de terceros y cuentas corrientes corresponsales en Chile, de bancos internacionales.
La primera busca establecer la obligación para los proveedores de servicios de criptoactivos en Chile, la que tiene como objetivo presentar anualmente información respecto de activos digitales de contribuyentes con residencia tributaria en el extranjero, identificando al usuario, el volumen de operaciones, el tipo de criptoactivo, fecha y billeteras asociadas.
La segunda es sobre activos digitales, que obliga a los proveedores de servicios de criptoactivos en Chile (exchanges, wallets, etc.) a informar sobre activos digitales de usuarios con residencia tributaria o domicilio en el país. Ambas declaraciones juradas deben presentarse a más tardar el 30 de junio de cada año, desde 2026.
La tercera es sobre bienes entregados en leasing operativo o financiero. De acuerdo al SII, esta es la primera Declaración Jurada específica para el leasing, en la que se obliga a las entidades que entregan bienes en arrendamiento a informar datos de los contratos, tipo de bien, valor, fecha de inicio, plazo, arrendatario. El plazo para presentar la DJ será hasta el día 30 de junio de cada año o día hábil siguiente, respecto de o los bienes que se hayan entregado en arrendamiento, con o sin opción de compra, el año calendario anterior.
La cuarta es para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 21.641 destinadas a fortalecer la resiliencia del sistema financiero y sus infraestructuras. Esta DJ debe ser presentada por los bancos, cooperativas, aseguradoras y custodias, con el reporte de movimientos, abonos, giros, traspasos, cargos, en cuentas corrientes corresponsales en Chile (desde bancos internacionales que quieran realizar operaciones en Chile a su nombre o al de terceros). Se trata de una nueva obligación, con foco en la trazabilidad financiera internacional. El reporte se deberá presentar hasta el 30 de junio de cada año, considerando la información correspondiente al año calendario anterior.
Y la última sobre información de Fondos de Terceros, relativa a su identificación y saldos al cierre del ejercicio. Establece la obligación, para administradoras de fondos, bancos/intermediarios con inversiones de terceros, de presentar anualmente información sobre fondos de inversión públicos, privados o fondos mutuos; detallando el tipo de fondo, monto invertido, rescates, aportes, fecha y valor cuota, y saldos al cierre del ejercicio de sus partícipes o aportantes. Esta Declaración Jurada vence el 5 de mayo.
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