La defensoría del pueblo: Qué es y cómo funcionaría si llega a implementarse en una nueva Constitución

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¿Una figura constitucional en defensa de los ciudadanos? En gran parte de latinoamérica existe, conocidos también como defensor de las personas u ombudsman. Chile es uno de los pocos países que no cuentan con uno, aunque intentos han existido. Sin embargo, esto podría cambiar durante la redacción de la nueva Constitución.


Lo han implementado casas de estudios como la Universidad de Chile y la Universidad Católica, y también ha estado en programas presidenciales. De hecho, fue parte del de la excandidata del Frente Amplio, Beatriz Sánchez. En uno de los puntos, la entonces candidata presidencial propuso crear “una nueva Constitución fundada en un marco de Derechos Humanos y Solidaridad, que cuente con un Defensor del Pueblo, que asuma la activa promoción, difusión y defensa de los DD.HH”.

¿En qué consiste esta entidad? Aunque no hay una sola respuesta, la experiencia comparada indica que una de las bases del Defensor del Pueblo es que protege los Derechos Humanos de los ciudadanos frente a eventuales abusos del Estado, por ejemplo, los protege si se presenta un mal actuar desde algún organismo público. Para ilustrarlo más claro: “Es como un Contralor pero para los Derechos Humanos”, explica Javier Couso, abogado constitucionalista, profesor de la facultad de derecho de la universidad Diego Portales.

Couso agrega a esto una idea clave: la diligencia. “Es un órgano que se espera que actúe rápido a favor de grupos que son muy vulnerables y que ven sus Derechos Humanos transgredidos por el aparato estatal (...) creo que sería una aporte a una nueva Constitución”.

De alguna forma, indica Couso, es un ente que aglutina en su conjunto a actuales entidades chilenas como la Defensoría de la Niñez (en funcionamiento desde 2018) , y en especial como el Instituto Nacional de Derechos Humanos (creado en 2009). La diferencia estriba en que al contrario de ellos, la Defensoría del Pueblo posee autonomía constitucional, al igual que el Banco Central o el Tribunal Constitucional, entre otros.

Couso asegura que en los últimos años, a nivel de expertos, “la Defensoría del Pueblo con rango constitucional autónomo se ha planteado muchas veces”. Como dijo en Publimetro en noviembre del año pasado, Miriam Henríquez, decana de la Facultad de Derecho de la U. Alberto Hurtado, “acá se ha propuesto la idea pero ha sido descartada y ahora de seguro se pondrá sobre la mesa”.

Pues aunque jamás ha llegado a existir en una Constitución chilena, propuestas no han faltado. En los años de dictadura, el Grupo de Estudios Constitucionales, más conocido como el Grupo de los 24 propuso un defensor del pueblo. Y desde el retorno a la democracia se han presentado al menos cuatro proyectos al respecto, los que han sido presentados desde la exConcertación hasta desde partidos como Renovación Nacional. A la fecha, dos de ellos están respectivamente en un primer y segundo trámite en el Congreso (boletines 6232-07 y 13099-07).

El año pasado, el Consejo Para la Transparencia en su Propuesta de Acuerdo Nacional Anticorrupción abordó las dificultades de que estos proyectos avancen, pues “no se ha dado el impulso definitivo para materializar esta autoridad en nuestro país que vele por los derechos de las personas frente al Estado”.

Ombudsman: El precursor sueco

Si bien no es conocido a nivel nacional el término de defensor del pueblo, sí lo es su equivalente en sueco, el Ombudsman. La RAE, tomando de referencia la tradición sueca, lo define como un “alto funcionario público encargado de proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos ante los poderes públicos”.

El término apareció en la Constitución sueca en su artículo 96, en el año 1809. Éste era nombrado por el parlamento con dos misiones: “supervisar el funcionamiento de la administración, y defender los derechos públicos subjetivos y legítimos intereses de la ciudadanía frente a la administración”.

Sebastián Izquierdo, director ejecutivo de Horizontal señala que “la institución del ombudsman o defensor del pueblo existe en distintos países del mundo, con el objetivo, en general, de proteger a los ciudadanos ante la falta de servicio o la negligencia de la administración en el cumplimiento de sus funciones públicas”. Actualmente, aunque con muchos matices, existen instituciones similares en países como Alemania, Gran Bretaña, Francia, Italia, Austria, España, Costa Rica, Argentina, Brasil o Canadá.

En Sudamérica solo Uruguay y Chile no cuentan con esta figura en sus constituciones. Pese a eso en Chile sí existe el ombudsman. La Universidad Católica por ejemplo, cuenta con un ombudsman desde 2013.

En una columna en La Tercera en 2016 el rector de esa casa de estudios, Ignacio Sánchez, valoró tener este tipo de entidades “el aporte que entrega es muy importante, ya que trabaja por la dignidad de las personas y la justicia en la comunidad, resolviendo problemas y proponiendo cambios en la estructura de funcionamiento de las instituciones, lo que influye de manera significativa en las relaciones humanas de todos los miembros de la universidad”.

Patricia Masalan, profesora de la Escuela de Enfermería de dicha casa de estudios, es desde agosto la Ombuds UC (así se llama el cargo en esa universidad). Para Masalan, respecto al proceso constituyente, piensa que es positiva “una figura que permita velar por el respeto de los derechos de las personas (...) que promueva y proteja los derechos humanos, así como apoyar a otras instancias en que las personas pueden recurrir y que ayudaría de manera significativa a fortalecer nuestro sistema democrático”. Para la Ombuds UC será importante en el debate constituyente, “determinar el perfil que tendría el Ombuds, pues se evidencian diferencias significativas entre ellos”.

¿Debiera entonces este Defensor del Pueblo ser parte del debate en la Convención? Izquierdo opina: “Nos parece que es una figura que hay que evaluar, pero en el marco de una discusión anterior y más amplia, relacionada con la necesidad de consagrar un derecho a la buena administración pública, que garantice a los ciudadanos y ciudadanas un Estado a su disposición, con servicios de calidad y en tiempo oportuno”.

El director ejecutivo de Horizontal agrega: “Nuestra principal convicción, es que, sin un nuevo Estado, la promesa de los derechos fundamentales será solo una ilusión. De este modo, creemos que los convencionales deben hacerse cargo de evaluar las mejores alternativas para rediseñar el aparato estatal y los principios generales que orienten una impostergable mejoría en su gestión, y al mismo tiempo, definir con claridad el rol de colaboración que debe ocupar la sociedad civil en la implementación de soluciones eficaces a los problemas sociales más relevantes”.

Para Jaime Bassa, abogado y académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de Valparaíso, además de candidato a constituyente, “una Defensoría popular es una pieza fundamental para que la nueva Constitución contribuya en el desafío de construir una sociedad justa, centrada en la dignidad de las personas y en la efectiva protección de sus derechos”.

Añade que “junto con el reconocimiento constitucional de los derechos, es indispensable incorporar mecanismos institucionales diseñados para proteger a las personas ante vulneraciones en su ejercicio y que permitan generar las condiciones necesarias para garantizar la universalidad de los derechos”.

Bassa argumenta que “los tribunales seguirán cumpliendo una función muy importante para hacer frente a vulneraciones individuales, pero se necesita una institucionalidad distinta cuya finalidad sea velar por las condiciones institucionales que permitan un ejercicio universal de los derechos”. Entidad que debiera ser descentralizada, con iniciativa para presentar proyectos de ley en materias de derechos fundamentales y acompañar la tarea legislativa, “con legitimación activa para iniciar procesos judiciales ante vulneraciones de derechos (individuales y colectivos) y con atribuciones para coordinar el trabajo de las distintas defensorías que ya existen en el país”.

Pero hay expertos que tienen sus reparos. Constanza Hube, constitucionalista y académica de la facultad de derecho de la Universidad Católica dice que no le gustan los organismos unipersonales. “A mi personalmente no me gusta el defensor del pueblo como un órgano unipersonal. Creo que en la práctica la cantidad que se le puede terminar entregando a esa persona puede ser un poder muy importante. Nada garantiza que no tenga finalmente un rol político”. La misma mirada crítica tiene con otros órganos unipersonales como el Contralor. Hube es de la postura que la Contraloría debiera avanzar hacia un colegiado.

La académica cree eso sí “que hay que fortalecer las bases constitucionales para la modernización del Estado y también para empoderar a los ciudadanos frente a la mala prestación de servicios por parte del Estado, o una mala provisión de bienes”. Por último destaca que ha estado trabajando en proponer consagrar un estatuto de derechos de las personas frente a la administración del Estado, como por ejemplo, el trato digno de las personas. “Es importante empoderar a las personas”, dice.

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