Voto obligatorio y resquicios legales

SEÑOR DIRECTOR:
Después del plebiscito de 2022, el Congreso aprobó una reforma constitucional en la cual se estableció que el voto sería obligatorio. La Constitución no determinó las sanciones por no votar, sino que delegó dicha función al legislador.
El miércoles, la Cámara de Diputados se negó a aprobar una multa por no votar en las próximas elecciones, lo que podría considerarse como una grave infracción constitucional. La razón se explicaría en el hecho de que, al parecer, el voto obligatorio no favorecería a la candidata oficialista. Es decir, se estaría manipulando la Constitución por motivos de la contingencia política.
El problema es que la Constitución no establece medidas para sancionar al legislador cuando no regula materias que están mandatadas por la propia Carta Fundamental. Esta situación podría ser considerada como una inconstitucionalidad por omisión, pero que no puede ser sancionada porque la Constitución no establece mecanismos para ello.
El no cumplir con un mandato constitucional porque no tiene consecuencias punitivas no es más que una triquiñuela legal que trae a la memoria la doctrina de los resquicios legales de Eduardo Novoa Monreal, de triste recuerdo por el daño que causaron al país. Es de esperar que los parlamentarios y el gobierno tomen conciencia de lo dañino que esto puede ser en el futuro y cumplan su deber de hacer ejecutar la Constitución, aplicando una norma constitucional que ellos mismos aprobaron hace escasos tres años.
Andrea Íñiguez Manso
Académica de la Facultad de Derecho
Universidad Finis Terrae
COMENTARIOS
Para comentar este artículo debes ser suscriptor.
Lo Último
Lo más leído
3.
Este septiembre disfruta de los descuentos de la Ruta del Vino, a un precio especial los 3 primeros meses.
Plan digital + LT Beneficios$3.990/mes SUSCRÍBETE