Editorial

Prohibición de celulares en colegios

La norma que restringe el uso de estos dispositivos era un paso importante, pero ahora viene una tarea muy relevante de los establecimientos educacionales, para asegurar que efectivamente se cumpla la letra y el espíritu de la ley.

A partir del inicio del año escolar 2026 comenzará a regir la ley 21.801, norma que regula el uso de teléfonos celulares en los colegios, estableciendo como regla general la prohibición del uso de dispositivos móviles en los establecimientos educacionales que impartan niveles de educación parvularia, básica o media, sin perjuicio de que en el caso de este último nivel los reglamentos de los establecimientos podrán disponer de espacios, horarios o actividades específicas en que la utilización de dispositivos esté autorizada, en virtud de la autonomía progresiva de los alumnos.

La norma contempla algunas situaciones excepcionales para eximir de la prohibición, como por ejemplo si el estudiante tiene alguna condición médica particular o tiene necesidades educativas especiales que hagan imprescindible el uso de estos dispositivos; también se considera el caso de situaciones de emergencia o catástrofes, y se deja margen para que los colegios evalúen si la utilización de celulares resulta útil para la enseñanza en función de la naturaleza de la actividad curricular o extracurricular que se imparta.

Con esta ley Chile se une al amplio grupo de países que cuentan con leyes específicas para regular el uso de celulares en colegios -uno de los últimos en hacerlo fue Brasil, donde a comienzos de 2025 comenzó a regir una norma que restringe el uso de estos dispositivos para alumnos menores de 17 años-, lo que ciertamente entrega más certezas y directrices objetivas a las comunidades educativas. Nuestro país contaba con una guía elaborada por el Ministerio de Educación y otras entidades (2024), pero al ser recomendaciones su utilización quedaba a criterio de los colegios, y lo que sucedía en la práctica es que cada establecimiento contaba con sus propias regulaciones, las que podían ser muy variadas.

La tendencia que se ha observado a nivel internacional es introducir legislaciones que restrinjan fuertemente el uso de estos dispositivos mientras los alumnos se encuentren al interior de los colegios -tanto en salas de clases como en recreos-, porque de esa forma se quiere evitar que se vean expuestos a los riesgos que supone el uso prolongado de estos aparatos. Estos pueden ser importantes fuentes de distracción, afectación de los procesos de sueño, además de contribuir al sedentarismo, uno de los mayores males de nuestra sociedad. La exposición prolongada a las “pantallas” también aumenta los riesgos de que los alumnos sean víctimas de graves prácticas como el acoso sexual digital o se vean expuestos al “bullying”.

La introducción de esta nueva ley es un primer paso que se hacía muy necesario, pero la tarea que viene por delante para las comunidades educativas será exigente, porque además de tener que actualizar los reglamentos respectivos -para lo cual tendrán plazo hasta junio-, es muy relevante no solo que se haga respetar el espíritu y letra de la norma, sino también será importante contar con programas que eduquen a los alumnos en el buen uso de este tipo de tecnologías, porque también se ha podido observar que cuando estos dispositivos son utilizados para potenciar o complementar los procesos de aprendizaje los rendimientos académicos pueden mejorar.

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