Por José NavarreteLíderes de RML condenados por ataque al molino Grollmus reciben más de 80 años de presidio
"Atacaron para sembrar terror. Hoy, sus condenas suman más de 1.000 años de cárcel", destacó el ministro de Seguridad, Martín Arrau, tras conocerse la sentencia.

El juez Marcos Pincheira Barrios dio lectura este lunes a la sentencia del Tribunal Oral en lo Penal de Cañete en el juicio por el ataque al molino Grollmus, ocurrido el 29 de agosto de 2022 en Contulmo.
Federico Astete Catrileo, el supuesto cabecilla de la banda que concretó el ataque, detenido en un amplio operativo en abril de 2025, en la localidad de Pocuno, Cañete, deberá completar más de 80 años de prisión.
Penas similares deberán cumplir otros cuatro integrantes del grupo.
Asimismo, nueve condenados recibieron penas que suman 65 años de presidio.
Respecto a tres que eran menores al momento de los hechos, dos fueron sancionados con internación en régimen cerrado y uno con libertad vigilada.
Son cinco grupos de penas que suman más de 1.000 años de presidio para los 18 acusados condenados.
El ministro de Seguridad, Martín Arrau, tras conocerse la sentencia, valoró la resolución en sus redes sociales, destacando que los condenados fueron responsables de “un ataque contra una familia, contra toda una comunidad y contra el derecho de los chilenos a vivir sin miedo”.
“Atacaron para sembrar terror. Hoy, sus condenas suman más de 1.000 años de cárcel”, manifestó.
La sentencia fue acordada por la primera sala del tribunal, integrada también por Ricardo Piña Vallejos y Julio Ramírez Paredes.
El mismo trío de jueces condenó a presidio perpetuo calificado a los hermanos Antihuen por el homicidio de tres carabineros perpetrado la noche entre el 26 y el 27 de abril de 2024.
El juicio por el ataque al molino Grollmus partió el 14 de julio y el 1 de septiembre se condenó 18 de los 19 acusados, 16 adultos y tres adolescentes al momento en que ocurrieron los hechos, vinculados al grupo denominado Resistencia Mapuche Lafkenche (RML).
Defensa evalúa recurso de nulidad
Tras la lectura de la sentencia, la abogada Katherine Valdés, defensora penal pública de 14 de los 19 acusados en la causa, solicitó que se sustituya la prisión preventiva e internación provisoria a la que están sometidos sus representados.
Valdés expuso que “si bien el juicio oral ya se concretó, existiendo sentencia condenatoria, la que fue comunicada el día de hoy, lo cierto es que esa sentencia aún no se encuentra firme, no se encuentra ejecutoriada”.
“Existe a partir de hoy este periodo en el que la defensa puede impugnar dicha resolución conforme al recurso de nulidad que vamos a evaluar. Por lo mismo, entendemos que el proceso puede desembocar en la realización de un nuevo juicio o incluso en la dictación de una sentencia de reemplazo”, argumentó la letrada.
El tribunal desestimó su petición.
Fiscal: “Los atentados descendieron”
El fiscal regional (s) del Biobío, Michelangelo Bianchi, que fue uno de los dos persecutores que comparecieron al juicio oral, sostuvo que las penas aplicadas son proporcionales a “la gravedad de los hechos que se investigaron y que se llevaron a juicio”.
El fiscal explicó que la diferencia entre los primeros dos grupos de penas, aplicadas a diez de los mayores de edad, la diferencia en los castigos se vincula a la irreprochable conducta anterior que pudieron acreditar los condenados a menos años de presidio.
Respecto a Federico Astete, el fiscal indicó que “en el juicio se planteó que existían varios liderazgos territoriales respecto de la orgánica o como se producía la organización de esta Resistencia Mapuche Lafkenche y, principalmente, en este atentado se planteó la opción de que él lideraba con instrucciones precisas de organización y las vías de evacuación luego del atentado”.
Bianchi evitó hablar de una desarticulación de la RML, destacando, sin embargo que “luego de las detenciones de estos sujetos que formaban parte de la Resistencia Mapuche-Lafkenche, los atentados descendieron prácticamente a cero y acciones de reivindicación de la Resistencia Mapuche-Lafkenche no ha habido”.
El ataque
La noche del 29 de agosto de 2022, un grupo cercano a la veintena de sujetos armados irrumpió en la propiedad.
Los atacantes rodearon la casa y abrieron fuego en contra del inmueble.
Luego, prendieron fuego a la leñera, el centenario molino y el museo de la familia, los que resultaron completamente destruidos, al igual que dos vehículos.
Carlos Grollmus Thiele, que tenía en ese entonces 79 años, sufrió la amputación de una de sus piernas, tras haber recibido un disparo a quemarropa.
También fueron heridos a bala Helmuth Grollmus, que tenía 85 años y falleció en abril del 2023, y su hijo Christian Grollmus, de 55 años, entonces.
Las penas impuestas
Fueron cinco los adultos condenados a las mayores penas.
- Federico Astete Catrileo
- Gerson Luengo Navarrete
- Javier Mariñán Millahual
- Domingo Mariñán Millahual
- José Melgarejo Calbullanca
Deberán completar 12 años y 6 meses de presidio por el delito de incendio consumado, 5 años por Porte ilegal de arma de fuego, 818 días por porte ilegal de municiones, 7 años por robo con violencia consumado y 55 años por cuatro homicidios calificados frustrados.
Luego, hubo nueve adultos que deberán cumplir penas intermedias.
- Víctor Maldonado González
- Víctor Maldonado Millabur
- Robert Galindo Huenumil
- Dago Reyes Reyes
- Nelson Alonso Liempi
- Nicolás Sánchez Toledo
- Luis Paineo Antimán
- Gerald Marileo Matamala
- Ariel Marileo Matamala
Por incendio consumado deben completar 10 años y 1 día de prisión, por porte ilegal de arma de fuego les dieron 4 años, 541 días por porte ilegal de municiones, 5 años y 1 día por robo con violencia consumado y 45 años por cuatro homicidios calificados frustrados.
Hubo un adulto condenado a más de 34 años de presidio.
- Rodrigo Valenzuela Canullán.
Para él, el tribunal impuso 5 años y 1 día de cárcel por el delito de incendio consumado, 3 años y 1 día por porte ilegal de arma de fuego, 541 días por porte ilegal de municiones, 5 años y 1 día por robo con violencia consumado, y 20 años de presidio por cuatro homicidios calificados frustrados.
L. M. M. y A. R. P., por delitos de homicidios frustrados, incendios, robo con violencia y porte de armas, deberán cumplir 10 años de internación en régimen cerrado.
S. R. P., sancionado por homicidios frustrados, incendios y robo con violencia, cumplirá 3 años de libertad asistida especial con internación parcial.
Así, para el primer grupo de cinco condenados, sus penas suman 408 años, 8 meses y 15 días tras las rejas.
Para el segundo grupo de nueve condenados, son 594 años, 1 mes y 19 días en conjunto.
Para el otro adulto condenado son en total 34 años, 5 meses y 29 días.
El otro de grupo de condenados corresponde a dos menores de edad que deberán completar entre los dos 20 años de internación en régimen cerrado.
En total, 1.057 años privados de libertad.
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